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Articulo 425 de la constitución del ecuador

1Características del Estado Autonómico. Poder legislativo propio


Ciudades autónomas no tienen autonomía política.
Garantía de autonomía política a través de los Estatutos de Autonomía.
Se ha hecho efectiva a partir de la aprobación de los estatutos y sus reformas, cada comunidad tiene estatutos diferentes lo cual es una de sus carácterísticas más significativas.

Autonomía política:


Autonomía normativa

Ordenamientos jurídicos en el Estado y propios y desiguales en cada autonomía.-

Autonomía Seguir leyendo “Articulo 425 de la constitución del ecuador” »

Diferencias entre citación y diligencias

Al juzgado…


ENCABEZADO, mismo solo demandante. 

DIGO

Que mediante, el presente escrito formulo DEMANDA DE DIVORCIO, contra (demandado, mayor de edad, casado, DNI y domicilio, todo ello en base a los siguientes, 

HECHOS

1. Matrimonio, certificado, designar archivos al registro civil

2. Hijos, día nacimiento, certificado literal de nacimiento

3. Régimen económico

4. Fecha de separación y domicilio de ambos

5. Atribución del domicilio familiar. Pago suministros y pago hipoteca

6. Patria potestad y guarda Seguir leyendo “Diferencias entre citación y diligencias” »

Que son las resoluciones interlocutorias

  1. FRAUDE DE LEY

El FL afecta a todos los sectores y normas del DI pr.

Concepto:


alteración voluntaria y artificiosa de la circunstancia empleada como PC de la NC con el fin de provocar la aplicación de un Derecho (ordenamiento de cobertura) al SH, distinto de aquel otro (ordenamiento de defraudado) que sería normalmente aplicable.

Elementos:


  • Material: (corpus) conducta dirigida a un fin  Subjetivo: (animus) intención dolosa.

Vías contra el FL:


Clases de propiedad en el derecho romano

1.- DIGA TRES CONCEPTOS DIVERSOS DE Acción

LA ACCIÓN SE PUEDE DEFINIR COMO “UN DERECHO POTESTATIVO QUE LE ES AL GOBERNADO PARA EFECTO DE EJERCITAR LOS DERECHOS QUE LE HAN SIDO VIOLENTADOS O TRANSGREDIDOS”.SE HA ESTABLECIDO QUE, A TRAVÉS DE LA ACCIÓN, PODEMOS NOSOTROS COMPARECER ANTE LOS TRIBUNALES A EJERCITAR NUESTROS DERECHOS.

LA ACCIÓN PROCEDE EN JUICIO AÚN Y CUANDO NO SE SEÑALE SU NOMBRE, SIN EMBARGO, SÍ ES NECESARIO ESTABLECER EN LOS HECHOS DE LA DEMANDA LOS ELEMENTOS QUE LA CONSTITUYEN Seguir leyendo “Clases de propiedad en el derecho romano” »

Defensa del Derecho Propio con Ataque del Derecho Ajeno

Es una declaración de voluntad en la que o partes implicadas, teniendo capacidad para obligarse (estando legitimados)
, acuerdan las consecuencias y efectos del acto que están celebrando,,
Lo fundamental es la libertad de las partes, la autonomía privada para realizar acuerdos en los que se delimitan las consecuencias jurídicas del acto para la satisfacción de sus intereses, Son las propias partes quienes regulan el contenido de su relación, de lo que están acordando porque el ordenamiento Seguir leyendo “Defensa del Derecho Propio con Ataque del Derecho Ajeno” »

Ejemplo de sociedad de responsabilidad limitada

IX: LOS DERECHOS QUE INTEGRAN LA CONDICIÓN DEL ACCIONISTA

  • DERECHOS ECONÓMICOS:

→ Derecho a participar en las ganancias sociales (dividendos):

→ Derecho a participar en el patrimonio resultante de la liquidación: 

→ Derecho a suscribir las acciones procedentes de una nueva emisión, así como las obligaciones convertibles.

  • DERECHOS POLÍTICOS:

→ Derecho a asistir y votar en las juntas generales: 

→ Derecho a impugnar los acuerdos sociales: 

→ Derecho de información: 

Mancipatio derecho romano

SERVIDUMBRES: Es un derecho real sobre cosa ajena en virtud del cual el titular de un fundo ve limitado su derecho
de propiedad sobre el fundo en virtud de otro fundo vecino. Y aparece recogido en la ley de las 12
tablas. Es una relación entre fundos vecinos. Hay un fundo dominante y un fundo sirviente.
El fundo
dominante es la finca que se ve beneficiado por la servidumbre y tiene un derecho real sobre cosa
ajena y el fundo sirviente el que se gravado por la servidumbre. La institución de la servidumbre Seguir leyendo “Mancipatio derecho romano” »

Ley de procedimiento administrativo

RECURSO DE PROTECCIÓN Artículo 20

Recurso:


Medio que reconoce la ley a las partes de un proceso para impugnar resoluciones judiciales.

Acción:

Poder jurídico que tiene todo sujeto de acudir al órgano jurisdiccional para reclamar la satisfacción de una pretensión.

ACCIÓN DE

PROTECCIÓN




Acción cautelar de ciertos derechos fundamentales frente a los menoscabos que puede experimentar como consecuencia de acciones u omisiones, ilegales o arbitrarias de la autoridad o particulares. / el afectado. Seguir leyendo “Ley de procedimiento administrativo” »

Normas jurídicas individualizadas

Es una declaración de voluntad en la que la parte o partes implicadas, teniendo capacidad para obligarse (estando legitimados)
, acuerdan las consecuencias y efectos del acto que están celebrando Lo fundamental es la libertad de las partes, la autonomía privada para realizar acuerdos en los que se delimitan las consecuencias jurídicas del acto para la satisfacción de sus intereses Son las propias partes quienes regulan el contenido de su relación, de lo que están acordando porque el ordenamiento Seguir leyendo “Normas jurídicas individualizadas” »

Sociedad de responsabilidad limitada características

CAUSAS RUPTURA DEL NEXO CAUSAL


Las circunstancias que interfieren en el nexo causal, que pueden llevar a la inimputabilidad objetiva del daño son las siguientes: La fuerza mayor puede calificarse por la inevitabilidad y por tratarse de unos hechos que se producen fuera de la esfera de actividad de un sujeto, es decir externalidad. La previsibilidad no la califica, porque puede estar previsto un acontecimiento resulte imposible de evitar. Un tornado, un terremoto. El caso fortuito es un suceso que Seguir leyendo “Sociedad de responsabilidad limitada características” »