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Adquisición de la propiedad derecho romano

INTENTIO:
Esta cláusula observa el derecho pretendido por el demandante. El demandante fija su intención contra el demandado. Hay dos tipos:

–  INTENTIO CERTA: cuando el objeto de la obligación está delimitado. Dos tipos de acciones:

o De carácter personal: cuando aparece el demandado en la intentio.

o De carácter real (in rem): cuando no aparece el demandado en la intentio, solo en la condemnatio (condena).

–  INTENTIO INCERTA: cuando el objeto de la obligación no está delimitado. En este Seguir leyendo “Adquisición de la propiedad derecho romano” »

Defensa del Derecho Propio con Ataque del Derecho Ajeno

  • Diferencias entre servidumbres prediales y personales:


  • Las personales se establecerán en beneficio de una determinada persona. Las prediales se establecían en beneficio de un fundo vecino.
  • Las personales van a ser temporales, se extinguen con la muerte del titular. Las prediales eran perpetuas.
  • Las personales podían tener por objeto bienes muebles o inmuebles. Las prediales solo pueden tener por objeto bienes inmuebles, fundos.

Mancipatio derecho romano

SERVIDUMBRES: Es un derecho real sobre cosa ajena en virtud del cual el titular de un fundo ve limitado su derecho
de propiedad sobre el fundo en virtud de otro fundo vecino. Y aparece recogido en la ley de las 12
tablas. Es una relación entre fundos vecinos. Hay un fundo dominante y un fundo sirviente.
El fundo
dominante es la finca que se ve beneficiado por la servidumbre y tiene un derecho real sobre cosa
ajena y el fundo sirviente el que se gravado por la servidumbre. La institución de la servidumbre Seguir leyendo “Mancipatio derecho romano” »