Archivo de la etiqueta: Fragmento del proyecto de Estatuto de Autonomía de Estella comentario

La organización política de las comunidades autónomas es muy similar a la del Estado. Nuestra comunidad autónoma es ……………………………….. , formada por……………………………….Provincias………………………………………. El poder ejecutivo está formado por ………………………………………………., el poder

LAS FUNCIONES DEL REY

Sancionar y promulgar las leyes -Convocar y disolver las cortes generales y convocar a elecciones- Convocar a referéndum – Proponer el candidato a la presidencia del Gobierno, nombrarlo y cesarlo- Nombrar y cesar a los demás miembros del Gobierno -El derecho de gracia.- Acreditar a los embajadores y otros representantes diplomáticos del Reino- Declarar la guerra y hacer la paz, previa autorización de las Cortes Generales

SISTEMA ELECTORAL:


Las elecciones generales son aquellas Seguir leyendo “La organización política de las comunidades autónomas es muy similar a la del Estado. Nuestra comunidad autónoma es ……………………………….. , formada por……………………………….Provincias………………………………………. El poder ejecutivo está formado por ………………………………………………., el poder” »

Articulo 425 de la constitución del ecuador

1Características del Estado Autonómico. Poder legislativo propio


Ciudades autónomas no tienen autonomía política.
Garantía de autonomía política a través de los Estatutos de Autonomía.
Se ha hecho efectiva a partir de la aprobación de los estatutos y sus reformas, cada comunidad tiene estatutos diferentes lo cual es una de sus carácterísticas más significativas.

Autonomía política:


Autonomía normativa

Ordenamientos jurídicos en el Estado y propios y desiguales en cada autonomía.-

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