Arrendamiento
Principalmente se refiere a un contrato donde una persona se obliga a ceder el goce de una cosa y la otra a pagar por ello el precio o renta. (precio: cuando es un monto, y renta: lo que uno se obliga a pagar lo que debe a mes). Artículo 1915 y ss. Entonces lo primero que hay que considerar es que el arrendamiento de cosa por regla general es un contrato consensual que se rige por las reglas del código civil. La ley 18.101 el contrato es consensual, pero si no consta por escrito se Seguir leyendo Contratos Civiles: Arrendamiento, Mandato, Comodato, Mutuo, Depósito y Fianza
