Derecho de acceso a la información pública
Reconocido en la Ley 19/2013 y el art. 13 LPAC, es un derecho subjetivo real. Lo puede ejercer cualquier persona sin acreditar interés ni motivar la solicitud, lo que lo aproxima a una lógica de transparencia institucional más que al régimen procedimental clásico.
Su objeto es amplio: cualquier documento, dato, informe o expediente en poder de la Administración. No es absoluto: cede ante límites tasados (seguridad nacional, datos personales, secreto Seguir leyendo Fundamentos y Derechos en el Ámbito de la Administración Pública
