Comodato
El comodato, según su planteamiento en el Código Civil (CC) de 1740, se concibe como un tipo contractual unitario. En este contrato, una de las partes (comodante) entrega a otra (comodatario) una cosa no fungible para que la use durante un tiempo determinado y luego la devuelva. Este contrato es esencialmente gratuito.
El comodato es un contrato real que se perfecciona con la entrega de la cosa. A continuación, se presentan las diferencias entre el comodato y el préstamo: