Derechos Reales de Garantía
Bajo esta denominación se designan aquellos derechos de carácter real, constituidos a favor de un acreedor para garantizar su crédito. Si el deudor no cumple, el acreedor podrá cobrarse por medio de la cosa dada en garantía.
Características
- Se concedía al acreedor un derecho real potencial sobre cosa ajena (se puede pedir que se venda el bien y se convierta en dinero y sobre esa cantidad, cobrar con preferencia a cualquier otro acreedor).
- Tiene carácter accesorio: Seguir leyendo “Derechos Reales, Posesión y Servidumbres en Derecho Romano” »