TEMA 6:
DERECHO REALES. LA POSESIÓN Y LA PROPIEDAD
Los juristas romanos siguen el método casuístico no elaboran conceptos. La escuela de Bolonia ha sido la que ha hecho esto en la época de los comentaristas, y más recientemente la escuela pandectistica. /Concepto de derecho subjetivo–
> facultad que tenemos nosotros al amparo de una norma jurídica (escuela pandectística). /Bernard visay definía el derecho como la pretensión jurídicamente protegida. Hay una división de los derechos Seguir leyendo “Acciones no privativas de la propiedad” »