Plazo para Exigir Responsabilidad Patrimonial a la Administración
La acción para exigir la responsabilidad patrimonial de la Administración tiene un plazo de ejercicio de un año, según los artículos 142.4 y 142.5 de la LRJPAC, susceptible de interrupción.
En la determinación del día inicial de dicho plazo, hay que distinguir:
Si se trata de un daño causado por un hecho de la Administración o por un acto administrativo lícito: El derecho a reclamar prescribe al año de haberse producido Seguir leyendo Responsabilidad Patrimonial de la Administración Pública: Plazos, Procedimientos y Aseguramiento
