Archivo de la categoría: Derecho

Nombres de magistrados romanos

CAPÍTULO X


El interregnum

, en la época de la monarquía es una institución que existía ya en la época de la monarquía, cuando fallecía el rey el poder volvía a los patrex, a los senadores patricios, era un sistema de regencia en el poder hasta que fuese nombrado. Este mismo sistema va a subsistir en la república pero en lugar de ser una institución de gobierno de transición para la designación de un nuevo rey va a ser para la designación de nuevos magistrados, sobre todo magistrados Seguir leyendo “Nombres de magistrados romanos” »

El valor normativo de la constitucion


I. 1. Acepciones del término Constitución.

··


ACEPCIONES DEL TERMINO DE CONSTITUCIÓN


Nadie se pone de acuerdo en dar una definición sobre constitución, ya que no tiene los mismos criterios. Existen varios sentidos:
··Sentido amplio de Constitución: conjunto de normas orgánicas o normas de organización propias de una sociedad o de un grupo social.
·Sentido técnico de Constitución referido al derecho:
Encontramos 4 acepciones:Constitución en Sentido Histórico-Ideológico: entiende por Seguir leyendo “El valor normativo de la constitucion” »

Elementos del hecho ilicito

Enumere las circunstancias que excluyen la ilicitud


Las circunstancias que excluyen la ilicitud son: El Consentimiento válido de un Estado, actuación del Estado en legítima defensa, la opción de contramedidas por el Estado Lesionado, por motivos de fuerza mayor, en casos de peligro externo y estado de necesidad.

Explique en qué consiste la circunstancia de legítima defensa


La ilicitud del hecho de un Estado queda excluida si ese hecho constituye una medida de legítima defensa adoptada frente Seguir leyendo “Elementos del hecho ilicito” »

Principios que rigen la capacidad

PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO



Concepto. Nuestro Derecho reconoce como tercera fuente de derecho, subordinada a la inexistencia de ley y costumbre, a los principios generales del Derecho.
Por tales se entienden los enunciados generales a los que se subordina un conjunto de soluciones particulares.
Tanto las normas como los principios son generales, pero una norma jurídica se aplica a un número determinado de casos o hechos, mientras que un principio puede comportar una serie indefinida de aplicaciones. Seguir leyendo “Principios que rigen la capacidad” »

Cuando se consuma el delito de hurto

TEMA 1

EL DELITO DE HURTO: Se entiende por hurto, todo acto en el cual una persona se apodera de algún objeto mueble, perteneciente a otro para aprovecharse de él, quitándolo, sin el consentimiento de su dueño, del lugar donde se hallaba.
ELEMENTOS.
El verbo rector
: Es apoderarse. El apoderamiento es el acto consumativo del hurto. Por tanto, el hurto admite el grado de tentativa, más no el de frustración.
Momento consumativo (teorías):
a.

Teoría de la aprehensión de la cosa: Según ella, el hurto Seguir leyendo “Cuando se consuma el delito de hurto” »

Derecho eclesiastico

TEMA 1. CUESTIONES GENERALES


1

.- Concepto de Derecho Eclesiástico: su objeto

Con carácter general, las creencias religiosas generan un doble interés: político y jurídico.
a.-  En  el  plano  político,  la  religión  influye  en  la  adopción  de  actitudes políticas y sociales, por eso es un instrumento de poder, de control y de dominio social. En la historia de la humanidad, las relaciones entre política y religión han tenido dos formas básicas: –
el monismo supone identificación Seguir leyendo “Derecho eclesiastico” »

Diferencia entre gobierno y consejo de ministros

El Gobierno es dirigido por el Presidente de Gobierno, este no es un primus interpales (primero entre iguales), es decir, no es como el Rey en la época feudal donde este era escogido sólo para dirigir una batalla, por ejemplo. El Presidente del Gobierno no es igual que los ministros porque es quien los dirige y el que toma la última decisión. El Presidente los nombra, los cesa y los cambia.El Senado no participa en la decisión del presidente.Al presidente se le designa a través de la investidura: Seguir leyendo “Diferencia entre gobierno y consejo de ministros” »

Declaracion sustitutiva de protesto

CAPITULO II

De la letra de cambio

Sección Primera

De la Creación, Forma y Endoso de la Letra de Cambio

Artículo 76.-


La letra de cambio debe contener:

 I.- La mención de ser letra de cambio, inserta en el texto del documento;

 II.- La expresión del lugar y del día, mes y año en que se suscribe;

 

III.-


La orden incondicional al girado de pagar una suma determinada de dinero;

 

IV.-


El nombre del girado;

 V.- El lugar y la época del pago;

 

VI.-


El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago; Seguir leyendo “Declaracion sustitutiva de protesto” »

Supremacia de la administracion publica

TEMA 28 LA ADMINISTRACION PÚBLICA.

I. CONCEPTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA


La Administración forma parte, junto con el Gobierno, del Poder Ejecutivo, así lo reconoce implícitamente nuestra Constitución, cuyo Título IV se denomina del Gobierno y la Administración. Las bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas, tanto en lo relativo a la organización como a la acción administrativa, se encuentra dentro de ese Título IV, en los arts. 103 a 107 CE.
Según el art. 97 CE, el Seguir leyendo “Supremacia de la administracion publica” »

Las infracciones y sanciones en materia de Seguridad Social


1. EL DERECHO ADMINISTRATIO SANCIONADOR EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL

Los PRINCIPIOS MATERIALES de Derecho Administrativo Sancionador son los siguientes:


1—Principio de legalidad,  las infracciones y sanciones deben estar tipificadas en la ley. Artículo 25.1 CE
2—Principio de tipicidad, la norma debe definir cuál es la conducta que el ordenamiento califica como infracción y qué sanción concreta le corresponde.
3—Principio de irretroactividad de las normas sancionadoras,  cuando son perjudiciales. Seguir leyendo “Las infracciones y sanciones en materia de Seguridad Social” »