Archivo de la etiqueta: Modelo letra de cambio en blanco

Letra de cambio a vista con aval

-Cancelación DE ACEPTACIÓN:

Queda obligado a los que saben de la aceptación – ¿Quién sabía que usted puede cargar.

RESPALDO

CONCEPTO – Cambiario es el acto mediante el cual el prestatario transfiere la propiedad del crédito.

RESUMEN-ACT – éxito – – FORMAL – UNILATERAL – finalmente, la aprobación es abstracto porque se ha apartado de las causas que lo motivaron. Se le llama un acto formal, es admitido sólo como el acto de reconocimiento en forma practica la ley con la firma en el propio Seguir leyendo “Letra de cambio a vista con aval” »

Formato de notificación de ´protesto de letra de cambio

FORMA DE EFECTUAR EL ENDOSO


Artículo 17.- El endoso es el escrito por el cual el Tenedor legítimo transfiere el dominio de la letra, la entrega en cobro o la Constituye en prenda.

El endoso debe estamparse al Dorso de la letra misma o de una hoja de prolongación adherida a ella


El endoso debe ser firmado por el endosante.

Bajo la responsabilidad del endosante, su firma podrá Estamparse por otros procedimientos que se autoricen en el reglamento en los Casos y con las formalidades que en él se establezcan. Seguir leyendo “Formato de notificación de ´protesto de letra de cambio” »

Cuales son los caracteres del derecho incorporado a un titulo valor

1. Concepto: la incorporación del derecho al título. Función legitimadora, literalidad y autonomía. El título- valor y su causa. Los títulos- valores impropios:

Concepto de título valor:
»documento esencialmente transmisible necesario para el ejercicio del derecho literal y autónomo que en él se menciona» (Tulio Ascarelli).

De esta definición lo más destacable es la vinculación que se produce entre una cosa corporal (título, documento, etc.) y otra cosa incorporal (el derecho subjetivo Seguir leyendo “Cuales son los caracteres del derecho incorporado a un titulo valor” »

Endoso de retorno

LETRA DE CAMBIO->

-Nace para evitar el traslado físico de valores. La ley no la define

Personas intervinientes->

 1) librador-> primer obligado. Encarga al librado que pague una cantidad de dinero al vencimiento
 

2) librado->


3ero ajeno al libramiento. Le encarga el librador pagar la letra al tomador. Se transforma en ppal obligado cuando acepta la LDC y se llamará aceptante.
3) tomador o beneficiario->  persona a quien se le debe pagar y a cuya orden se efectúa la LDC (cuando se Seguir leyendo “Endoso de retorno” »

Declaracion sustitutiva de protesto

CAPITULO II

De la letra de cambio

Sección Primera

De la Creación, Forma y Endoso de la Letra de Cambio

Artículo 76.-


La letra de cambio debe contener:

 I.- La mención de ser letra de cambio, inserta en el texto del documento;

 II.- La expresión del lugar y del día, mes y año en que se suscribe;

 

III.-


La orden incondicional al girado de pagar una suma determinada de dinero;

 

IV.-


El nombre del girado;

 V.- El lugar y la época del pago;

 

VI.-


El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago; Seguir leyendo “Declaracion sustitutiva de protesto” »