Aprovechamiento por turno de bienes inmuebles de uso turístico
Se prohíbe el uso del término “multipropiedad” o de cualquier otro que induzca a pensar que el comprador adquiere un derecho de propiedad, estableciendo como denominación oficial la de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles de uso turístico. El contrato de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles es una especie dentro del género “contrato de aprovechamiento de bienes de uso turístico”.