Novación: Sustitución de Obligaciones
- ¿Qué es la Novación? Se encuentra comprendida en el Libro IV, Título XV del Código Civil, desde el artículo 1628 al 1651 de este cuerpo legal.
La novación es la substitución de una nueva obligación a otra anterior, la cual queda por tanto extinguida”. Una nueva obligación sustituye a la antigua, la que se extingue, y por ello la novación es un modo de extinguir las obligaciones. Pero al mismo tiempo, se crea una nueva obligación.
