La Gestión Tributaria
- Procedimiento iniciado mediante declaración
(Art. 128-130 LGT)
Artículo 128. Iniciación del procedimiento de gestión tributaria mediante declaración.
1. Cuando la normativa del tributo así lo establezca, la gestión del mismo se iniciará mediante la presentación de la declaración por el obligado tributario en la que manifieste la realización del hecho imponible y comunique los datos necesarios para que la administración cuantifique la obligación tributaria mediante Seguir leyendo “Procedimientos de Gestión Tributaria: Claves y Aspectos Esenciales” »
