Capítulo 9: Persona, Familia y Herencia
1. Persona
El Derecho considera como persona al ser humano. Toda persona es sujeto de Derecho. Se distingue entre capacidad jurídica, que tiene todo sujeto de derecho, y capacidad de obrar, que se requiere para realizar con validez determinados actos.
La persona y la personalidad quedan determinadas por el nacimiento, como dice el art. 29 CC: “el nacimiento determina la personalidad, pero el concebido se tiene por nacido para todos los efectos que le sean Seguir leyendo “Persona, Familia y Herencia: Régimen Jurídico y Evolución” »