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Derecho Civil: Personas, Familia, Patrimonio y Negocios Jurídicos

Derecho Civil: Personas, Familia, Patrimonio y Negocios Jurídicos

Mayor Edad

Se alcanza la plenitud física y psíquica, atribuyéndose la máxima capacidad de obrar a las personas que llegan a ella. Cesan las restricciones que, en beneficio del menor, implican el sometimiento a las instituciones de guarda por considerársele en condiciones de atender a sus intereses personales y patrimoniales.

Excepciones

Capacidad Jurídica y Estado Civil en Derecho Español: Claves y Excepciones

Capacidad Jurídica y de Obrar

Capacidad Jurídica: Aptitud para ser titular de derechos y obligaciones regulados por el Derecho.

Capacidad de Obrar: Aptitud para ejercer eficazmente actos jurídicos, adquiriendo derechos y obligaciones.

Capacidad Plena: Se adquiere con la mayoría de edad, permitiendo realizar todos los actos de la vida civil.

Capacidad Limitada: Restricción o atribución parcial de capacidad, necesitando asistencia de un curador.

Casos: Personas incapacitadas judicialmente y menores Seguir leyendo “Capacidad Jurídica y Estado Civil en Derecho Español: Claves y Excepciones” »