¿Qué es la compraventa según el artículo 1741?
Contrato por el cual una de las partes transfiere a otra la propiedad de una cosa o de un derecho obligándose ésta última a pagarle por ella un precio cierto y en dinero.
¿Cuándo será compraventa y cuándo será permuta?
Será de venta cuando se pague monetariamente el 50% o más del valor de la cosa.
Será permuta cuando se pague menos del 50% monetariamente el valor de la cosa.
- Si algo es de mi propiedad, tengo el poder de venderlo…
Verdadero
