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Las relaciones entre el ordenamiento estatal y los ordenamientos autonómicos. Leyes

– Principio de supletoriedad. Viene a resolver el problema de las lagunas normativas en los Ordenamientos autonómicos. Ahora bien, como ha manifestado el TC, esta cláusula no supone una Habilitación ilimitada para que el legislador estatal pueda emitir normas sobre materias ajenas a su competencia, alegando que se dicta n a efectos meramente supletorios: la supletoriedad no es una Competencia. El Estado, por tanto, podrá dictar normas en las materias sobre las que ostenta Competencias, y esas Seguir leyendo “Las relaciones entre el ordenamiento estatal y los ordenamientos autonómicos. Leyes” »

Derecho penal esclavista

TEMA 1 FUNDAMENTOS DEL DERECHO PENAL

Sumario

Fines del Derecho penal: Prevención y garantías.

La prevención como fin del Derecho penal.

Las garantías como límites: Principios de legalidad, culpabilidad y proporcionalidad.

El Derecho Penal como Control Social

• El Derecho Penal es un Medio de Control Social.

Existen básicamente dos medios de Control social:

– el Formal

– y el Informal.

• Los medios de control social Evitan determinados comportamientos que se reputan indeseables o Seguir leyendo “Derecho penal esclavista” »

Antes de presentar un concurso de acreedores individual se puede vender un bien sin perjudique

9. ACUERDO PREVENTIVO EXTRAJUDICIAL

Contrato deudor frece a sus acreedores diferentes propuestas para Superar el estado de cesación de pagos, evitando la apertura de un proceso concursal. Puede someterse a homologación Judicial logrando los mismos efectos que el acuerdo obtenido en un concurso Preventivo. Presupuestos objetivos: a.Que el deudor se encuentre en estado de Cesación de pagos b.  Que el deudor se encuentre con dificultades Económicas o financieras (etapa previa a la insolvencia) Seguir leyendo “Antes de presentar un concurso de acreedores individual se puede vender un bien sin perjudique” »

Derecho civil compraventa

T1 Compraventa y permuta


Por el contrato de compra y venta uno de los contratantes se obliga a entregar una cosa determinada y el otro a pagar por ella un precio cierto, en dinero o signo que lo represente.

Caracteres de la compraventa: a)

Contrato consensual, se perfecciona x el mero concurso de los consentimientos de comprador y vendedor referidos a la cosa y al precio sin necesidad de forma especial
b)Contrato bilateral, sinalagmático, genera obligaciones para los dos contratantes, además, recíprocamente Seguir leyendo “Derecho civil compraventa” »

Modelo carta terminación contrato de arrendamiento por parte del arrendador

Definición de arrendamiento:


Contrato consensual, que se Perfecciona con el acuerdo, por el que a cambio de una remuneración, una Persona se obliga a procurar a otra el uso o disfrute de una cosa, arrendamiento de cosa, o a prestarle determinados servicios, arrendamiento de Servicios o a ejecutar una obra, arrendamiento de obras.

I)ARRENDAMIENTO DE COSAS: 1) Concepto:

Aquel en el que una de las Partes se obliga a procurar a la otra el uso o disfrute de una cosa por tiempo Determinado y precio cierto. Seguir leyendo “Modelo carta terminación contrato de arrendamiento por parte del arrendador” »

Plazo del senado para pronunciar veto en el proyecto de proposición de ley por el congreso de los diputados

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS (CD) Y SENADO (S):


proposición” – CD: la iniciativa la tiene:1 Diputado + firmas de 14 miembros de la Cámara/ Grupo de parlamentarios + firma de su portavoz – S: Grupo parlamentario/ 25 Senadores 1º Presentar la iniciativa de proposición legislativa Acompañada de la correspondiente exposición de motivos ante la Mesa de la Cámara correspondiente.

2º La mesa la pública y la remite al Gobierno para que Emita su parecer.

3º Toma en consideración (en su Pleno) Seguir leyendo “Plazo del senado para pronunciar veto en el proyecto de proposición de ley por el congreso de los diputados” »

Secreto profesional y charlatanismo profesional

¿COMO SE RESPONDE SI UNO DE LOS MIEMBROS DEL GRUPO O SOCIO CAUSA EL DAÑO POR SU DESEMPEÑO PROFESIONAL?- En Francia por la ley de sociedades civiles profesionales cada asociado es responsable de sus actos pero al mismo tiempo la sociedad también resulta responsable(se sostiene que como la sociedad es la que firma el contrato esta también debe responder). Esta solución parece razonable pero asalta la duda sobre el fundamento de la resp del profesional individual, ya que él como persona Seguir leyendo “Secreto profesional y charlatanismo profesional” »

Evolución histórica de la administración publica en Venezuela

PERSONAS Jurídicas PÚBLICAS

1

PERSONAS NAURALES

El legislador se refiere a todos los humanos como personas Naturales

2

PERSONAS Jurídicas:

Se corresponde con Globalidad de bienes, como cuerpo de bienes o moral.

DENTRO DEL DERECHO PUBLICO HAY UNA Clasificación DE PERSONA

üPERSONA Jurídica PUBLICA:
Tienen vínculo con La administración pública.
Art 19

üPERSONAS Jurídicas PUBLICAS TERRITORIALES:
La Nacíón y las demás entidades que la componen como la república, estado y Municipio.

üPERSONAS Jurídicas Seguir leyendo “Evolución histórica de la administración publica en Venezuela” »

Partido progresista

P

PACTOS DE FAMILIA


: Tratados entre los monarcas Borbones de Francia, de España y de Nápoles firmados en 1733, 1743 y 1762 con el propósito principal de frenar la expansión militar británica y combatir su hegemonía marítima. 

PACTO DE OSTENDE


: Acuerdo político entre liberales progresistas, demócratas, unionistas y algunos líderes moderados para organizar una sublevación contra el gobierno de Isabel II. Fruto de este acuerdo será la revolución de 1868, » La Gloriosa», que derrocará Seguir leyendo “Partido progresista” »

Subsanar el error en el contrato

Estructura del acto jurídico (regulación, elementos) Regulado en el cc art 1444.

A) Elementos esenciales del AJ. Elementos esenciales: los necesarios y suficientes para la constitución de un AJ

Clasificación: 1. Comunes o generales: no pueden faltar en ningún AJ. 2. Especiales o específicos: requeridos para cada AJ en especial.

Art. 1444 CC. “(…) Son de la esencia de un contrato aquellas cosas sin las cuales o no produce efecto alguno, o degenera en otro contrato diferente;…”

En consecuencia, Seguir leyendo “Subsanar el error en el contrato” »