Aspectos fundamentales del empresario y la empresa mercantil

  • Concepto de Derecho Mercantil


    – Es una rama del Derecho Privado que regula los actos de comercio establecidos en el ordenamiento jurídico y, a los individuos que su profesión habitual es de comerciante.
  • Principios de derecho Mercantil –


    Genera Lucro, Existe La presunción de buena fe, orden público ya que vela por el bienestar de los comerciantes, Existe la buena fe, Intervención de los sujetos, Existe la verdad sabida.
  • Ramas del Derecho Mercantil –


    Derecho Bancario, Derecho concursal, Derecho Contractual, Derecho Societario, Derecho Marítimo. 
  • Ramas del Derecho Mercantil con otras Ramas del derecho –


    Derecho Civil, Derecho Penal, Derecho Laboral, Derecho Constitucional.


  • Concepto de Comerciante –


    Un comerciante es aquel que realiza, de manera habitual o permanente, actividades mercantiles

  • Obligaciones de los comerciantes –  Entregar el bien cuando haya recibido el pago, Garantizar la calidad del producto, llevar libros de contabilidad, prestar el tiempo y el plazo solicitado.
  • Auxiliares autónomos del comerciante – Son aquellas personas físicas que coadyuvan o colaboran con las actividades que realizan los comerciantes en sus negocios (Agencias de ventas, contadores públicos o privados, y corredores públicos)
  • Auxiliares NO autónomos del comerciante –  Estos dependen de un jefe o empresario y tienen a su cargo la dirección de la empresa (Gerente, empleados trabajadores, directores)


  • Fuentes del derecho Mercantil – Código de comercio, Ley general de sociedades mercantiles, Ley general de sociedades cooperativas, ley de instituciones de crédito, ley general de títulos y operaciones de crédito.
  • Concepto de Empresa – Es una organización de personas y recursos que buscan la consecución de un beneficio económico con el desarrollo de una actividad en particular.

Sociedad Mercantil – son aquellas organizaciones que existen con una denominación, razón social, constituidas por agrupaciones de personas físicas o morales llamadas socios, con un mismo objetivo, que buscan efectuar actos de comercio para generar dinero

  • Derechos Cooperativos de los socios –


    Derecho a voto. Derecho a asistencia a las Juntas generales. Derecho a ser administrador de la sociedad o pedir cuentas a los administradores. Derecho a la información.


  • Clasificación de la empresa – Actividad Económica: (Empresas primarias – Llevan a cabo actividades de agricultura, ganadería y pesca. Empresas Secundaria – Son las que se dedican a la industria. Empresas Terciarias – prestan servicios como de construcción de correos aduanales.).  Forma en que se constituye: ( Empresa individual- Aquellas que se constituyen por una sola persona o empresario, Empresa Colectiva- Aquellas constituidas por varias personas). Carácter Público y privado: (Público- Aquellas en las que interviene el estado, Privado- Aquellas de carácter particular en la que los empresarios realizan se aportación). Tamaño o magnitud de las empresas: (Grandes, Medianas y pequeñas) 


  • Requisitos para su Constitución de S.M –


    Inscribirse en el registro público del comercio, Registrar el acta Constitutiva ante el notario público, Acudir a la secretaria de relaciones Exteriores.
  • Sociedad Anónima –


     También conocida por su abreviatura S.A es un tipo de sociedad mercantil en el que la responsabilidad de los socios se limita al capital que han aportado.
  • Sociedad de C.V –


    Aquella cuyo capital es susceptible de aumento por aportaciones posteriores de los socios o por admisión de nuevos socios y disminución de dicho capital por retiro parcial o total de las aportaciones.
  • Sociedad de Responsabilidad Limitada –


    Es un tipo de sociedad en la que la responsabilidad de cada uno de los socios está delimitada por el capital que estos hayan aportado.


  • Sociedad Cooperativa –


    Está Integrada por personas de la sociedad de la clase de trabajadores que aportan a la sociedad únicamente su trabajo.
  • Contratos –


    Pacto o convenio, oral o escrito, entre partes que se obligan sobre materia o cosa determinada, y a cuyo cumplimiento pueden ser compelidas.
  • Contrato de Compra venta-


    El contrato de compraventa se trata de la transmisión de la propiedad de un objeto de este contrato entre varias partes.

  • Contrato de Deposito –


    El contrato de depósito mercantil es un negocio jurídico que se regula tanto en el Código Civil y el Código de Comercio. En estos contratos, por lo general una parte (depositario) recibe de otra (depositante) un bien mueble concreto.


  • Contrato de Préstamo –


    Es un contrato por el cual el prestamista se obliga a transferir la propiedad por una suma de dinero o de otros bines muebles al prestatario quien se obliga a devolver.
  • Contrato de Transporte Mercantil –


    En virtud del contrato de transporte, una persona llamada porteador se obliga, mediante una retribución o precio, a trasladar cosas o personas de un lugar a otro.
  • Actos de comercio –


    Son aquellos Actos jurídicos celebrados por personas físicas o morales que produzcan efectos jurídicos regulados por el derecho mercantil, toda actividad realizada por aquellas personas consideradas comerciantes.
  • Requisitos para ser Comerciante –


    Capacidad legal, Ejercicio del comercio, Ocupación ordinaria.


  • Tipos de Asamblea Ordinaria –


       Este tipo de Asamblea trata temas de la vida diaria de la sociedad como lo son: Discutir, aprobar o modificar el informe de los administradores, Nombrar al Administrador o Consejo de Administración y a los Comisarios, Determinar los emolumentos correspondientes a los Administradores y Comisarios.
  • Asamblea Extraordinaria – Este tipo de Asamblea trata asuntos especiales que surgen en la Sociedad como lo son: Prórroga de la duración de la sociedad, Disolución anticipada de la sociedad, Aumento o reducción del capital social, Cambio de objeto de la sociedad, Cambio de nacionalidad de la sociedad, Transformación de la sociedad, Fusión, Cualquiera otra modificación del contrato social.
  • Derechos Patrimoniales de los socios –


    Derecho a realizar aportaciones de capital. Derecho a transmitir la calidad de socio, Derecho al reembolso de las aportaciones.

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