Disposiciones Generales sobre el Matrimonio
ARTÍCULO 78. El matrimonio, institución social
El matrimonio es una institución social por la que un hombre y una mujer se unen legalmente, con ánimo de permanencia y con el fin de vivir juntos, procrear, alimentar y educar a sus hijos y auxiliarse entre sí.
ARTÍCULO 79. Igualdad de derechos
El matrimonio se funda en la igualdad de derechos y obligaciones de ambos cónyuges, y en su celebración deben cumplirse todos los requisitos y llenarse las formalidades Seguir leyendo “Regulación Legal del Matrimonio en Guatemala: Requisitos e Impedimentos” »
