Archivo de la etiqueta: Sucesiones

Conflicto Jurídico en Macondo: ¿Puede un Asesino Heredar?

Sentencia del Supremo Tribunal Inventado (25 de septiembre de 2001)

En la ciudad de Macondo, a los 25 días del mes de septiembre de 2001, se reúne el Supremo Tribunal Inventado para dictar sentencia en el proceso incoado por el nieto asesino en el que se debe determinar si tiene derecho a cobrar la herencia de su abuelo.

Habiendo escuchado los argumentos del procurador y de los representantes del pretendido heredero, y habiendo recibido la prueba aportada por las partes, los señores jueces de este Seguir leyendo Conflicto Jurídico en Macondo: ¿Puede un Asesino Heredar? →

Derecho Romano: Instituciones Clave y Evolución Histórica

El Pretor Peregrino y el Ius Gentium

El ius civile es el derecho exclusivo de los ciudadanos romanos, que no puede ser usado por los peregrinos aunque vivan en territorio de Roma. En el siglo III a.C. se intensifican las relaciones comerciales con otros pueblos y empiezan así a surgir relaciones jurídicas nuevas que el ius civile no conoce. Por esto, en el 242 a.C. se crea en Roma una nueva magistratura, la del Praetor peregrinus, encargada de encauzar jurídicamente los pleitos surgidos entre Seguir leyendo Derecho Romano: Instituciones Clave y Evolución Histórica →

Derecho Hereditario en Roma: Evolución, Bonorum Possessio y Testamento

DERECHO HEREDITARIO

El derecho hereditario, también llamado derecho de sucesiones, es el conjunto de normas que regulan el destino que ha de darse a las relaciones jurídicas de una persona física cuando esta fallezca. Según el jurista Juliano, “la herencia no es más que la sucesión en todo el derecho que tenía el difunto” (D.50.17.62). Es decir, que la muerte de una persona no extingue las relaciones jurídicas y los derechos de que era titular.

11.1 La Herencia

El concepto de herencia en Seguir leyendo Derecho Hereditario en Roma: Evolución, Bonorum Possessio y Testamento →

Sustituciones Fideicomisarias y Albaceazgo: Aspectos Clave del Código Civil

Sustituciones Fideicomisarias

El artículo 781 del Código Civil regula las sustituciones fideicomisarias, que permiten encargar al heredero que conserve y transmita a un tercero el todo o parte de la herencia. Estas sustituciones serán válidas siempre que no pasen del segundo grado o que se hagan a favor de personas que vivan al tiempo del fallecimiento del testador.

Requisitos de la Sustitución Fideicomisaria

La jurisprudencia establece los siguientes requisitos esenciales:

  1. Una doble o múltiple Seguir leyendo Sustituciones Fideicomisarias y Albaceazgo: Aspectos Clave del Código Civil →

Pactos Sucesorios en Cataluña: Heredamientos y Atribuciones Particulares

Los pactos sucesorios son acuerdos entre dos o más personas para convenir la sucesión por causa de muerte de cualquiera de ellas, mediante la institución de uno o más herederos y la realización de atribuciones a título particular. Cuando se instituye un heredero, el pacto sucesorio se denomina heredamiento. Tanto los heredamientos como las atribuciones a título particular pueden ser a favor de los propios otorgantes o de terceros.

Elementos Subjetivos

Los pactos sucesorios solo pueden otorgarse Seguir leyendo Pactos Sucesorios en Cataluña: Heredamientos y Atribuciones Particulares →

Instituciones Sucesorias: Heredero en Cosa Cierta, Legado de Parte Alícuota y Usufructo

La Institución de Heredero en Cosa Cierta

Los defensores de la tesis objetivista, para determinar si se es o no heredero, señalan que el heredero ha de recibir alícuotas de la herencia y que, si son ciertas, será legatario. Frente a ello, la mayoría de la doctrina y la jurisprudencia defienden que el artículo 768 no tiene carácter imperativo, sino solo presuntivo, y que lo que ha de primar a la hora de determinar si una persona es heredera o legataria es la voluntad que se presuma del testamento, Seguir leyendo Instituciones Sucesorias: Heredero en Cosa Cierta, Legado de Parte Alícuota y Usufructo →

Conceptos Clave del Derecho Romano: Obligaciones, Sucesiones y Derecho Procesal

Conceptos Fundamentales del Derecho Romano

Obligaciones y su Extinción

  1. Tiempo: Si no se fijó, la obligación debe realizarse el mismo día en que nace.
  2. Dolo: Intención o propósito deliberado de observar una conducta que acarrea la imposibilidad de cumplir la prestación.
  3. Culpa: Negligencia; se contrapone a la diligencia.
  4. Caso Fortuito: Cualquier evento no imputable al deudor.
  5. Mora Debitoria: El deudor incurre en mora cuando no cumple en el tiempo oportuno y por causa que le es imputable, la prestación Seguir leyendo Conceptos Clave del Derecho Romano: Obligaciones, Sucesiones y Derecho Procesal →

Derechos y Obligaciones en Sucesiones y Régimen Matrimonial: Casos Prácticos

Casos Prácticos sobre Derecho de Sucesiones y Régimen Económico Matrimonial

1. Bienes Gananciales y Privativos: Rentas de Alquiler

Según el artículo 1346 del Código Civil (CC), los bienes privativos incluyen aquellos adquiridos por herencia o donación, como la finca en Salamanca heredada por Tomás. Sin embargo, el artículo 1347 establece que las rentas generadas por bienes privativos (como el alquiler de la finca) son bienes gananciales si el matrimonio se encuentra bajo el régimen de gananciales. Seguir leyendo Derechos y Obligaciones en Sucesiones y Régimen Matrimonial: Casos Prácticos →

Sucesiones y Testamentos: Derecho Hereditario

Capacidad para Suceder

Art. 744

Podrán suceder por testamento o abintestato los que no estén incapacitados por la ley.

Art. 745

Son incapaces de suceder:

  1. Las criaturas abortivas.
  2. Las asociaciones o corporaciones no permitidas por la ley.

Art. 746

Las iglesias y los cabildos eclesiásticos, las Diputaciones provinciales y las provincias, los Ayuntamientos y Municipios, los establecimientos de hospitalidad, beneficencia e instrucción pública, las asociaciones autorizadas o reconocidas por la ley y las Seguir leyendo Sucesiones y Testamentos: Derecho Hereditario →

Derecho de Familia y Sucesiones: Claves sobre Curatela, Adopción y Herencia

La Curatela

El curador no representa, sustituye o suple al sometido a curatela, sino que le asiste o complementa su capacidad para los actos en que se exige por la ley o así se disponga en la Sentencia del Tribunal Supremo (STS) de incapacitación.

Artículo 293: Los actos jurídicos realizados sin la intervención del curador, cuando esta sea preceptiva, serán anulables a instancia del propio curador o de la persona sometida a curatela.

Artículo 286: Enumera las personas sometidas a curatela:

  1. Los Seguir leyendo Derecho de Familia y Sucesiones: Claves sobre Curatela, Adopción y Herencia →