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Formación del Gobierno y Competencias Autonómicas en España

7.4 Formación del Gobierno: el nombramiento del Presidente y la designación de Ministros

Investidura del presidente (art 99): se da después de 4 casos (renov del congreso, fallecimiento del presidente, dimisión o dimisión obligada) y sigue un procedimiento: inicio (consulta del rey con repres)/ proposición (rey propone un candidato)/ debate de investidura/ votación de la investidura (mayoría absoluta del congreso, sino mayoría simple)

Composición y nombramiento: nombramiento del gobierno Seguir leyendo “Formación del Gobierno y Competencias Autonómicas en España” »

Tratados Internacionales y Atribuciones del Presidente en el Ámbito Internacional

Tratados internacionales

El Presidente participa en la génesis de los tratados internacionales.
Conforme al artículo 32 número 15, le corresponde al presidente de la república conducir las relaciones políticas con las potencias extranjeras y organismos internacionales. Como asimismo llevar a cabo la negociación, concluir, firmar y ratificar los tratados que estime convenientes para el país. Estos tratados deberán ser sometidos a la aprobación del congreso nacional conforme al artículo 54 Seguir leyendo “Tratados Internacionales y Atribuciones del Presidente en el Ámbito Internacional” »

Articulo 53

Bases de la institucionalidad



Artículo 1º

Inciso 1


Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos.

Inciso 2

La familia es el núcleo fundamental de la sociedad.

Inciso 3


El Estado reconoce y ampara a los grupos intermedios a través de los cuales se organiza y estructura la sociedad y les garantiza la adecuada autonomía para cumplir sus propios fines específicos.

Inciso 4

El Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común, para lo cual debe contribuir Seguir leyendo “Articulo 53” »

Emergencia nacional e internacional premilitar


Atribuciones exclusivas del Congreso


Son atribuciones del Congreso:



1) Aprobar o desechar los tratados internacionales que le presentare el Presidente de la República antes de su ratificación.


La aprobación de un tratado requerirá, en cada Cámara, de los quórum que corresponda, en conformidad al artículo 66, y se someterá, en lo pertinente, a los trámites de una ley.


2) Pronunciarse, cuando corresponda, respecto de los estados de excepción constitucional, en la forma prescrita por el inciso Seguir leyendo “Emergencia nacional e internacional premilitar” »