Archivo de la etiqueta: jerarquía normativa

Derecho Constitucional Español: Resolución de Casos Prácticos sobre Fuentes y Reforma

Caso Práctico 1: La Pena de Muerte y la Jerarquía Normativa Constitucional

Una ley anterior a la entrada en vigor de la Constitución preveía la pena de muerte en tiempo de paz. El artículo 15 de la Constitución establece: “Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos Seguir leyendo Derecho Constitucional Español: Resolución de Casos Prácticos sobre Fuentes y Reforma →

Fundamentos del Derecho de la Unión Europea: Actos, Jerarquía y Efecto Directo

El Derecho Derivado de la Unión Europea

Junto a la atribución de competencias en determinados ámbitos materiales que los Estados miembros (EE. MM.) realizan a favor de la Unión Europea (UE) en los Tratados constitutivos, esos Estados establecen al mismo tiempo los objetivos a alcanzar y los instrumentos jurídicos para que en esos ámbitos materiales de competencias se alcancen dichos objetivos. Se concreta, por tanto, en un abanico de actos jurídicos internos y acuerdos internacionales que Seguir leyendo Fundamentos del Derecho de la Unión Europea: Actos, Jerarquía y Efecto Directo →

La Jerarquía Normativa en el Sistema Jurídico: La Pirámide de Kelsen

La Jerarquía de las Normas en el Sistema Jurídico

Para el positivismo normativista, el Derecho posee una estructura escalonada, cuyos escalones o gradas están representados por normas que, desde la Constitución, como norma suprema, van descendiendo en jerarquía, hasta llegar a los meros actos de aplicación de las normas individuales. Esta concepción suele denominarse «teoría de la concepción piramidal del ordenamiento jurídico». En la parte superior se encuentran las normas de mayor jerarquía, Seguir leyendo La Jerarquía Normativa en el Sistema Jurídico: La Pirámide de Kelsen →

Sistema de Fuentes del Derecho en España: Constitución y Principios Clave

La Constitución

La Constitución, como fuente del Derecho, es la norma que establece las condiciones de producción del resto de las normas y se configura como el centro del ordenamiento jurídico.

A nosotros nos interesa esta caracterización específica de la Constitución como Constitución normativa, ya que se corresponde con la Constitución española de 1978. Es la tendencia que se está manifestando en la Unión Europea. Este cambio puede explicarse desde múltiples perspectivas; quizá la Seguir leyendo Sistema de Fuentes del Derecho en España: Constitución y Principios Clave →

Marco Jurídico y Actores de la Política Exterior Mexicana

Definiciones Clave

Política exterior: “El conjunto de aquellas posiciones, actitudes, decisiones y acciones que tiene un Estado más allá de sus fronteras nacionales”.

Tratado: “El convenio regido por el derecho internacional público, celebrado por escrito entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos”.

Aprobación: “El acto por el cual el Senado aprueba los tratados que celebra el Presidente de la República”.

Ratificación, adhesión o aceptación: “El acto por el cual los Estados Seguir leyendo Marco Jurídico y Actores de la Política Exterior Mexicana →

Supremacía Constitucional y Derechos Laborales en la Constitución Argentina

Bolilla 4: Supremacía Constitucional y Orden Normativo

Supremacía Constitucional

La Constitución Nacional es el fundamento y la base de todo el orden jurídico-político del Estado argentino. Implica ser la norma superior al resto del ordenamiento jurídico, estableciendo un orden jerárquico al que todo el sistema debe ser congruente.

Artículo 31.- Esta Constitución, las leyes de la Nación que en su consecuencia se dicten por el Congreso y los tratados con las potencias extranjeras son la ley Seguir leyendo Supremacía Constitucional y Derechos Laborales en la Constitución Argentina →

Decreto Ley vs. Decreto con Fuerza de Ley: Diferencias y Control Constitucional

Diferencia con el decreto ley El decreto ley es propio de los gobiernos de facto, no siguen el procedimiento constitucional, son la expresión legislativa y constituyente de estos gobiernos. El decreto con fuerza de ley es una institución propia de los sistemas de gobierno democráticos. Aunque durante el gobierno militar también se dictaron decretos con fuerza de ley. El poder legislativo residía en la Junta de gobierno, la cual legislaba por decretos leyes, pero a veces la Junta no dictaba Seguir leyendo Decreto Ley vs. Decreto con Fuerza de Ley: Diferencias y Control Constitucional →

Principio de Legalidad y Derecho Administrativo: Fundamentos y Aplicaciones

Principio de Legalidad: Un Pilar del Estado de Derecho

El principio de legalidad es un componente esencial del Estado de Derecho, cuya función es acercarnos al ideal del gobierno de la ley, no de los hombres. Una presentación clásica lo formula como la exigencia de lex scripta, lex previa, lex certa.

Elementos Clave del Principio de Legalidad

El principio de ley escrita limita el concepto de ley a la contenida en un texto legal que pueda ser leído por cualquiera y contrastado con la voluntad en Seguir leyendo Principio de Legalidad y Derecho Administrativo: Fundamentos y Aplicaciones →

El Sistema de Fuentes en el Derecho Español: Un Enfoque Práctico

Las Fuentes del Derecho

Concepto de “Fuente del Derecho”. Acepciones:

En primer lugar, la expresión se utiliza para hacer referencia a las fuentes documentales: ¿Dónde tenemos que acudir para conocer el derecho? Son los documentos a través de los cuales se puede conocer el Derecho de un país: código civil, penal, de comercio…

Reglamentos en España: Competencias, Jerarquía y Control de Legalidad

Tipos de Reglamentos: Estatal, Autonómico y Local

1. Reglamentos Estatales

¿Quién tiene competencia para dictar reglamentos?

El artículo 97 de la Constitución Española (CE) atribuye esta potestad al Gobierno, lo que implica atribuírsela al Consejo de Ministros. La Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, en su artículo 24, especifica las competencias: