El régimen de Nacionalidad y Extranjería y sus implicaciones en el Derecho internacional Privado

Derecho: suma de las normas jurídicas válidamente pronunciada por el estado, valores naturales del hombre y hechos sociales que inciden en la conducta del ser humano en sociedad Se entiende el derecho como las facultades, potestades o privilegios que tienen individuo ante la sociedad. El derecho como justicia voluntad de dar a cada quien lo suyo.

CORRIENTES DE LA FILOSOFÍA JURÍDICA

Iusnaturalismo derecho natural (estudio) derecho con justicia.

Teológico


Frente al derecho creado por los hombres existen las leyes de Dios. Lo justo y lo natural tiene su fundamento en la ley divina

Racional


Nacíó como respuesta al teológico para tratar de separar a Dios del derecho (hombre) dejar a Dios de lado para tener un pensamiento mas racional

Iusrealismo: el derecho no consiste sólo en normas sino también en hechos.

Hanz Kelsen: teoría pura del derecho separar los elementos del derecho al ajeno justicia lo único que importa son las normas jurídicas

Las normas se interpretan en distintos tipos:

Religiosas – establecidas por Dios (ente natural) unilaterales incoercibles internas y heteronomas (iglesia)

Morales – derivan de la conducta del individuo, unilaterales incoercibles internos y autónomos

Jurídicas – conforman un estado legal, jueces, bilaterales externas coercibles y heterónomas

Sociales – se establecen por costumbres tienen su origen en el comportamiento de la sociedad unilaterales externas incoercibles y heteronomas

Los diputados y senadores redactan las normas de forma distinta algunos no son tan claras por eso se debe de dar una interpretación

TEORÍAS → tratan de determinar cómo se interpretan las normas.

Cognitiva – dice que no existen lagunas y que toda controversia debe resolverse bajo el de una norma preconstruida.

Escéptica – todo texto normativo se puede entender de diversas formas y por lo tanto puede ser valorado de manera distinta.

Intermedia – te aplican las normas para aquellos casos que no requieren mayor interpretación y para aquellos casos difíciles que son, se usa la discreción del juez.

Tipos de interpretación de acuerdo al sujeto que la realice. Cualquier persona puede interpretar normas, pero los legitimizados harán interpretación de las normas.

Auténtica – la hace el legislador

Oficial – aquellos que hacen los funcionarios de ciertos órganos del estado, donde la toca aplicar

Judicial – aquella que hacen los órganos jurisdiccionales juzgados, jueces, ministros, etcétera.

Doctrinal -aquella realizada por los juristas e investigadores del derecho.


NORMA

✨Una norma puede ser autónoma: cuando el sujeto dicta sus propias normas adjunta su comportamiento al mandato como si él hubiera hecho y heterónoma: cuando otro ente establece las normas que se deben de cumplir aunque el sujeto obligado no esté de acuerdo.

✨Una norma es unilateral: no se faculta a nadie para exigir su cumplimiento el sujeto decides si las cumple o no o bilateral: el sujeto está obligado a cumplir la Norma y el lente facultado para demandar y exigir el cumplimiento.

✨Las normas son internas: depende del propio sujeto o externas: cuando se demanda una conducta hacia el exterior importa el cumplimiento de la norma.

✨Las normas son coercibles: cuándo existe la voluntad del Estado para hacerlas cumplir e incoercibles: no existe la voluntad de estatal para hacerlas cumplir.

ÁMBITOS DE VALIDEZ DE LAS NORMAS JURÍDICAS

Ámbito espacial consiste en la extensión territorial en el que la norma jurídica es válida

Ámbito personal consiste en las personas a quién la norma jurídica está dirigida, ej todo individuo que está en el territorio nacional goza de garantías.

Ámbito temporal va a ser el período durante la cual la norma jurídica va a ser válida (todo el tiempo hasta que ya no exista).

Ámbito material la materia, ej código penal → lo penal, código fiscal → lo fiscal.

EXTINCIÓN DE LAS NORMAS JURÍDICAS

Abrogación cuando se extingue la forma total las normas jurídicas, todo, casi no se da

Derogación cuando se extingue de forma parcial, una parte, se da con mayor frecuencia

JERARQUÍA NORMATIVA DENTRO DEL SISTEMA

México → Constitución (136 art)

Lo que está hasta arriba debe ser general.

Constitución política

Tratados o convenios internacionales

Ley o acto con valor de ley

Decretos

Reglamentos del poder ejecutivo y estatutos institucionales

Normas sujetas a los anteriores reglamentos

FUENTES MATERIALES

Factores elementos o circunstancias de carácter social político económico que determinan el contenido y estructura del derecho. Ej → bienestar de los trabajadores, salario mínimo, descanso, sobreexplotación y falta de recursos.


FUENTES FORMALES

Se refieren a las formas de creación de las normas

Constitución: conjunto de normas supremas de todo el orden jurídico a partir de las cuales se derivan la totalidad de las normas que componen el sistema jurídico de un país. Norma suprema.

Leyes: conjunto de normas jurídicas de carácter general emitidas por el órgano legislativo. Emite leyes.

Poder constituyente: se encarga de crear la Constitución una vez creada la Constitución desaparece.

Leyes estatales: congreso de los estados

Reglamento: conjunto de normas de carácter general emitidas por el poder ejecutivo para provocar la esfera administrativa a la exacta observancia de la ley. Ejecutivo – ejecutar: administrar los recursos con los que cuenta el país y los ejecuta.

Tratado internacional
: es un acuerdo celebrado (por escrito) entrevistados por el cual se crean normas jurídicas aplicables a ellos mismos.

Decretos, normas oficiales, lineamientos, acuerdos etcétera: conjunto de normas emitidas por el poder ejecutivo pero tienes muchísima menos jerarquía y son mucho más específicas que un reglamento o ley.

Costumbre: hábito, modo de hacer las cosas, por tradición en ciertos momentos pueden adquirir la fuerza de una norma jurídica.

JURISPRUDENCIA

Interpretación judicial del más alto tribunal (suprema corte de justicia) sirve de guía a los jueces emite un criterio orientador para que los jueces no se confundan Al momento de interpretar una norma en el mismo sentido. Dos formas de jurisprudencia:

Reiteración de criterios: cinco criterios judiciales en un mismo sentido.

Contradicción de tesis: los jueces no resolvieron en un mismo sentido. Básicamente no llegaron a un acuerdo total.

Hasta que se modifique la ley sigue siendo ley.

FUENTES FORMALES DEL DERECHO

Principios generales del derecho válidos universalmente casi no están escritos todos los conocemos y sí aplican. El primero es que el que va a tener un mejor derecho que el que sigue. Nadie está obligado a lo imposible si no están las circunstancias no estás obligada a cumplirlo.

CLASIFICACIÓN DEL DERECHO (3 GRANDES RAMAS)

DERECHO PÚBLICO hay una involucración forzosa del estado (como ente creada por los gobernados) en donde se someten a la voluntad del Estado porque los mismos gobernados lo crearon. Relaciones de Supra – subordinación (arriba, gobierno – abajo gobernados)

Derecho constitucional se encarga del estudio de la constitución


Derecho penal tú te lo protege los bienes jurídicos fundamentales sancionando los con la imposición de penas es el derecho más represor. El estado se encarga de que la pena se ejecute. Ej → delitos de fraude salud violación integridad servidores públicos propiedad libertad vida)

Derecho internacional público entre naciones encarga de regular las relaciones entre los países de armonizar a los países a través de tratados internacionales de dos o más países para crear derechos y obligaciones

Derecho administrativo se encarga de regular a la administración pública (sinónimo de poder ejecutivo)

Derecho procesal son las normas necesarias para hacer válida una norma sustantiva a través de una norma procesal → necesarias para poder ejecutar las normas sustantivas. El estado procesa.

DERECHO PRIVADO: Establece relaciones entre privados, particulares, hay relaciones de coordinación

Derecho civil contempla gran cantidad de actos jurídicos que pueden tener las personas regula personas bienes derechos reales obligaciones sucesiones testamentos matrimonio arrendamiento hipoteca divorcio patria potestad registro civil herencias adopción contrato compraventa depósitos donación y fianzas

Derecho mercantil regula relación entre privados hay una finalidad económica para generar recursos son actos de comercio contratos mercantiles títulos de crédito operaciones de crédito.

Derecho internacional privado regula relaciones entre privados entre naciones contempla conflictos de leyes nacionalidades distintas.

DERECHO SOCIAL: se entiende como un derecho que va a proteger a ciertos grupos considerados vulnerables

Derecho agrario regulan las cuestiones relacionadas con el trabajo de la Tierra

Derecho laboral surge derivada de los abusos generados de los patrones a sus trabajadores protege al trabajador a favor de él.

DERECHO CONSTITUCIONAL

La Constitución está dividida en dos partes dogmática del artículo 1 al 29 contempla la sección de las garantías individuales y orgánica del artículo 30 al 136 contempla la organización del estado y división de poderes.

Art 1. Aplica a todas las personas, gozaran de derechos humanos y garantías para su protección dentro del territorio mexicano.

Art 29. Relacionado con el art 1 (suspensión de derechos en casos graves de perturbación de la paz)

Art 3: garantiza el derecho a la educación, a todos los niveles de educación de manera gratuita, esto no garantiza una educación 100%Universal, laica, gratuita, publica, inclusiva. Reforma educativa: evaluación de maestros


Art 4: mujer y hombre iguales ante la ley, hijos los que quieran, derecho a la alimentación, protección de la salud (protegerte) servicios de salud gratuitos aunque sea muy caro la gente tiene que tener acceso, medio ambiente sano, derecho al consumo de agua, una vivienda digna, identidad y registro civil al momento de nacer, disfrute de bienes y servicios (cultura)

Art 5: libertad de profesión, una persona se puede dedicar a lo que sea, siendo esto licito

Art 6: libertad de manifestación de las ideas y derecho de acceso a la información

Art 7: difundir ideas a través de cualquier medio

Art 8 derecho de petición, cualquier tramite gubernamental (licencia, registro) autoridades obligadas a responder el derecho de petición, de forma escrita, pacifica y respetuosa

Art 9: derecho de asociación (uníón de dos o más personas con cuestiones jurídicas)

Art 10: derecho a poseer armas, cumplir con dos carácterísticas mantener mi seguridad y una legitima defensa, única y exclusivamente para repeler agresiones

Art 11: cualquier persona puede entrar y salir sin necesidad de algún tipo de documento, o sea moverse

ART 12: No hay títulos de nobleza

Art 13: cualquier personas que va a ser juzgada solo será juzgada por las autoridades correspondientes.

Art 14: garantía de seguridad jurídica, no puedo aplicar una ley en prejuicio de persona alguna de forma retroactiva.  Primer párrafo irretroactividad
. La ley no puedo aplicar una ley nueva, cuando este perjudicando otra persona. No puedo aplicar leyes posteriores (de años anteriores) a una persona y más cuando esto lo va a perjudicar

Nadie puede ser privado de su libertad, derechos o posesiones solo mediante juicio seguido, ese juicio solo puede ser ante tribunales previamente establecidos, se debe seguir debido proceso, con leyes ya expedidas

JUICIO DE AMPARO ARTICULO 14 Y 16

Art 16: No pueden ser molestadas las familias, papeles, domicilio, posesiones, solo si hay una orden (oficio, escrito)


MOTIVAR: SEÑALAR EN EL MISMO ACTO DE AUTORIDAD LOS RAZONAMIENTOS Lógicos Jurídicos EN EL QUE SE BASAN LOS ACTOS DE AUTORIDAD. ENCUADRAR LOS Artículos CON LOS HECHOS QUE DAN ORIGEN A UN ESCRITO

DEL ART 16 – 23 TODAS TRATAN DEL PROCESO PENAL, JUICIOS ORALES

Los juicios orales es solo una actualización que hicieron como desde 5 años, y no en todos los juzgados en el poder judicial no es así, pero en el foro común si

Proceso penal inquisitorio: Fox 2005-2016 no se enjuiciara a la persona hasta que se demuestre lo contrario.

Prescribir: Después de un determinado tiempo la autoridad ya no va a aplicar la pena

Art 25 / 26: rectoría del estado con planeación democrática El estado tiene que hacer una planeación de desarrollo

Art 27: Garantía de propiedad, todo somos dueños de las tierras y aguas, le corresponde a toda la nacíón, así mismo se puede tener propiedad privada. Expropiación: Regresa el dominio de esas tierras y aguas a propiedad de la nacíón, solo por causas de indeminzación y causa de utilidad pública (interés publico)

Arrendador y Arrendatario. Monopolio: concentración de actividades económicas en una persona

Art 30: La nacionalidad mexicana se adquiere por nacimiento o por naturalización 6 FORMAS DE ADQUIRIR LA NACIONALIDAD

Nacimiento: nació en la república mexicana. Hijos nacidos en el extranjero, con padres mexicanos. Nacer en embarcaciones o aviones dentro del territorio mexicano. Naturalización: las otras circunstancias no cuentan. No es fácil obtener la nacionalidad mexicana.

Art 31. Responsabilidades de los mexicanos. Ser responsable de los hijos. Asistir en los días y horas, disciplina militar. Servicio militar. Contribuir con los gastos públicos, de manera proporcional y equitativa, quien tiene más paga más, quien tiene menos paga menos.

Art 33. Determina quienes son los extranjeros conforme el art 30. Art 34. Son ciudadanos de la República los varones y mujeres, con los sig requisitos: Ciudadano mexicano. Tengan 18 años. Modo honesto de vivir


Art 35. Derechos de la ciudadanía: El voto, poder votar. Poder ser votado, tener algún cargo

Art 39. El pueblo tiene en todo momento el derecho a alterar o modificar la forma de su gobierno.

Art 40. Carácterísticas de nuestra forma de gobierno. Estados libres y soberanos. En una República representaviva, democrática, laica y federal.

Art 43. Menciona todos los Estados de la República.

Art 44. La Ciudad de México es la entidad federativa sede de los Poderes de la Uníón y capital de los Estados Unidos Mexicanos.

Art 49. El Supremo Poder de la Federación se divide en tres funciones Legislativa (leyes, que normas se deben de seguir) Ejecutivo (ejecuta esas leyes, ve cuales si y no)  y Judicial (Resuelve controversias)

Art 50. Legislativo – Se deposita en un Congreso general, que se divide en Cámaras (2), diputados y otra de senadores

Art 51. Cámara de diputados se compondrá de representantes de la Nacíón, cada 3 años. 500 diputados, 300 y 200

Art 56. 128 senadores. Por voto directo y voto. Diputados y senadores: representantes del pueblo

Art 71. El presidente de la república es una persona que puede iniciar leyes. El Congreso a través de la cámara de diputados o senadores Legislaturas de los estados y CDMX, la cámara de diputados de cualquiera de los estados, pueden presentar leyes federales. Los ciudadanos 0.13% de la lista nominal de electores. Cualquiera de estas instancias, pueden promover su iniciativa en una sola cámara o en la cámara de senadores, si se aprueba se va a la cámara de origen, se presenta en la cámara revisora (si no se hacen correcciones, ley) se manda al presidente de la república para que haga el veto (formalidad) el la firma ya que esta de acuerdo, y pasa a la constitución

Cámara de origen – donde se presenta la iniciativa ya se de senadores o de diputados. Una ley siempre pasa por las dos cámaras la de origen y la revisora.

Art 80. Poder ejecutivo en una sola persona, esta persona es el presidente de los Estados Unidos mexicanos


Art 81. Es electo de forma directa, puede ser revocado en los términos establecidos en la constitución

Art 82. Para ser presidente se requiere: Ser ciudadano mexicano por nacimiento, hijo de padre o madre mexicanos, haber residido en el país durante 20 años. 35 años, residido en el país durante el año anterior. No deben ser ministro de algún culto. Ni ser militares activos

Art 83: El presidente ejercerá su cargo el 1 de Octubre y durara 6 años

Art 86: el presidente puede renunciar a su cargo por causas graves d acuerdo con el congreso de la uníón

Art 94: Suprema corte de justicia de la Nacíón se compondrá con 11 integrantes (ministros) resuelve controversias

Art 133: Esta Constitución, las leyes del congreso de la uníón que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el presidente de la república, con aprobación del senado, serán la ley suprema de la uníón.

Art 135: Nos dice como se puede modificar, se puede reformar la constitución. Es sumamente compleja, se requiere el voto de dos terceras partes de los individuos presentes del congreso de la uníón. Que sea aprobada por la mayoría de las legislaturas (17) de los estados y de la ciudad de México.

Congreso de la uníón: cámara de diputados y senadores

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *