Cautela Instrumental: Fundamentos y Alcance en el Proceso Judicial
La cautela instrumental, según el Artículo 1930, establece que los bienes, derechos y acciones sobre los cuales haya de llevarse a cabo la ejecución no podrán rematarse sino después de que exista una sentencia ejecutoriada o un acto equivalente, y que el crédito, cualquiera que sea su naturaleza, se haya determinado en una cantidad de dinero. Asimismo, no podrá decretarse el embargo preventivo antes de haberse propuesto la Seguir leyendo Procedimiento Civil: Ejecución, Recursos y Medidas Cautelares en el Derecho Procesal →