Autonomía de las Confesiones Religiosas
La atribución de personalidad jurídico-civil a las confesiones inscritas en el Registro de Entidades Religiosas tiene importantes consecuencias jurídicas, fundamentalmente, el reconocimiento de su autonomía plena, capacidad jurídica y de obrar. La autonomía de las confesiones religiosas se reconoce en el artículo 6.1 de la Ley Orgánica de Libertad Religiosa (LOLR).
Este precepto alude a la plena autonomía, que es más amplia que la reconocida a las Seguir leyendo Autonomía y Protección de la Libertad Religiosa en España
