EL PRINCIPIO DE IGUALDAD
1.- LA CLÁUSULA GENERAL DE IGUALDAD
PREGUNTA 1.-
El art. 14 CE, aparece recogido en el Cap. II del Título I de la CE, el cual dice que “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, sexo, raza, religión, opinión o cualquier otra condición personal o social”.
a)
Que todos los hombres son por naturaleza igualmente libres e independientes, y tienen ciertos derechos inherentes, de los cuales, cuando entran Seguir leyendo “Principio de Igualdad en el Derecho Constitucional Español: Análisis y Aplicación” »
