I. Actividad administrativa impugnable
El objeto del recurso se plasma en el escrito de interposición y es inalterable. Según los arts. 25 a 42 de la LJCA, el objeto está conformado por:
- Actos expresos y presuntos que pongan fin a la vía administrativa, incluyendo actos de trámite cualificados (aquellos que deciden el fondo, impiden la continuación del procedimiento o generan indefensión).
- Disposiciones generales (reglamentos) de categoría inferior a la ley, impugnables de forma directa o indirecta. Seguir leyendo “Fundamentos y Procedimiento del Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo” »
