Ausencia de Antijuridicidad: Se produce cuando una persona causa daño a otra, pero la ley penal la exime de responsabilidad penal por considerarlo justificado.
Clases de Ausencia de Antijuridicidad:
- Legítima Defensa: Fundamentada en el artículo 65, ordinal 3º del Código Penal.
- Equiparación a Legítima Defensa: Artículo 65, penúltimo párrafo del Código Penal.
- Estado de Necesidad: Artículo 65, último párrafo.
- Eximente por Profesión u Oficio: Relacionado con su profesión u oficio, artículo Seguir leyendo “Eximentes de Responsabilidad Penal en Venezuela” »