Archivo de la etiqueta: Ley organica de procedimientos administrativos

Formulario de solicitud de revisión de oficio de un acto administrativo por parte de interesado

RECURSOS ADMINISTRATIVOS. Son actuaciones de los interesados en los que se impugna un acto o resolución administrativa por entenderse que su contenido es ilegal o contrario al OK al contener una causa de nulidad o anulabilidad. Son OBJETO de los recursos administrativos, los actos definitivos que resuelven un procedimiento administrativo.
// Los actos firmes y los de trámite sólo pueden recurrir en determinados casos y con determinados tipos de recursos.//No se podrá recurrir las disposiciones Seguir leyendo “Formulario de solicitud de revisión de oficio de un acto administrativo por parte de interesado” »

Ley orgánica de procedimientos administrativos vigente 2010


h) La prohibición o la propuesta de modificación de reuniones previstas en la Ley Orgánica reguladora del Derecho de Reuníón.


i) Los actos y resoluciones dictados por órganos de la Administración General del Estado cuya competencia se extienda a todo el territorio nacional y cuyo nivel orgánico sea inferior a Ministro o Secretario de Estado, en materias de personal, propiedades especiales y expropiación forzosa.


j) Cualesquiera otras actuaciones administrativas no atribuidas expresamente Seguir leyendo “Ley orgánica de procedimientos administrativos vigente 2010” »

Ley de carrera administrativa vigente en Venezuela

1. Principio de juridicidad (Constitución)

 

Artículo 6°

Los órganos del Estado deben someter su acción a la Constitución y a las normas dictadas conforme a ella, y garantizar el orden institucional de la República. Los preceptos de esta Constitución obligan tanto a los titulares o integrantes de dichos órganos como a toda persona, institución o grupo. La infracción de esta norma generará las responsabilidades y sanciones que determine la ley.

Artículo 7°

Los órganos del Estado actúan Seguir leyendo “Ley de carrera administrativa vigente en Venezuela” »

Articulo 16 de la lopna

FUNCION DE LA DIVISIÓN FISCALIZADORA

cuyo objetivo principal es uniformar los procesos que deben seguirse en la recaudación, envío, control e ingreso al Fisco Nacional de la Renta, así como también supervisar y fiscalizar las actuaciones, actos y diligencias de los funcionarios consulares que generan derechos causados por las actuaciones prácticas en el cumplimiento de sus funciones y atribuciones.

EL FUNCIONARIO CONSULAR COMO NOTARIO Y REGISTRADOR PUBLICO

El funcionario consular, en el ejercicio Seguir leyendo “Articulo 16 de la lopna” »