Archivo de la etiqueta: Art. 38.2 del estatuto del tribunal internacional de justicia explicacion

Caracteristicas del derecho positivo

02. Las fuentes del Derecho Internacional Público (I)

Comentarios del Departamento de DIP

Para el tratamiento de las fuentes en el Derecho internacional, la doctrina toma como punto de referencia el art.
38 del Estatuto del TIJ. En realidad no es este el propósito del artículo; menos aún establecer el sistema de prelación de las fuentes, al modo como lo hace el art. 1 de nuestro Código civil. Su verdadero sentido se entiende bien desde la garantía que el Tribunal Permanente de Justicia Internacional Seguir leyendo “Caracteristicas del derecho positivo” »