Derecho Mercantil: Empresarios, Responsabilidad y Régimen Económico

Responsabilidad del Empresario

La actividad del empresario genera riesgos que debe asumir.

Tipos de Responsabilidad

Responsabilidad Contractual

Se basa en el incumplimiento de las obligaciones contractuales del empresario por dolo, negligencia o morosidad.

Modos de Incumplimiento
  • Negarse a cumplir definitivamente.
  • Cumplir mal o defectuosamente.
  • Cumplir tarde.
Causas
  • Dolo: Incumplimiento plenamente consciente.
  • Negligencia: Descuido del deudor.

Responsabilidad Extracontractual

Se produce fuera de la esfera contractual, por acción u omisión del empresario en que interviene dolo o negligencia.

Regímenes Económicos del Matrimonio

Es el conjunto de normas que rigen el aspecto económico de la relación que establecen los cónyuges. Es el que los cónyuges eligen.

Sociedad de Gananciales

Hace comunes para los cónyuges las ganancias obtenidas indistintamente por cualquiera de ellos, siéndoles atribuidos por mitad a cada uno de ellos, al disolverse dicha sociedad.

Bienes Privativos

  • Los bienes que le pertenecieran al comenzar la sociedad.
  • Los que adquiera después por título gratuito.
  • Ropas u objetos de uso personal.
  • Bienes patrimoniales inherentes.

Bienes Gananciales (50%)

  • Los obtenidos por el trabajo.
  • Los frutos de rentas.
  • Empresas fundadas durante la vigencia de la sociedad.

Régimen de Participación

Cada uno de los cónyuges adquiere derecho a participar en las ganancias obtenidas por su consorte, se reparte equitativamente.

Régimen de Separación de Bienes

Pertenecerán a cada cónyuge los bienes que tuviese en el momento inicial del mismo y los que después adquieran por cualquier título.

Otras Normas

La Ley

En Sentido Estricto (Emana de las Cortes)

  • Ordinarias: Ley por excelencia (mayoría simple).
  • Orgánicas: Regulan materias de vital importancia (mayoría absoluta del Congreso).
  • Leyes Marco: Cortes Generales dan poder a un Parlamento regional para dictar leyes.
  • De Armonización: Establecen principios de las Comunidades Autónomas.

En Sentido Amplio (Disposiciones con Rango de Ley, Gobierno)

  • Decretos Legislativos: Normas de carácter general que el gobierno dicta con valor de ley.
  • Decreto/Leyes: Disposiciones provistas con fuerza de ley que el gobierno dicta en caso de necesidad.

Los Reglamentos

Disposiciones procedentes del gobierno sin necesidad de aprobación de las Cortes, destinadas a desarrollar normas de rango superior.

  1. Decretos
  2. Órdenes Ministeriales
  3. Resoluciones

La Costumbre

Es la norma creada por la sociedad mediante la reiteración de comportamientos, es una fuente supletoria, no puede ser inmoral.

Principios Generales del Derecho

Se aplican en defecto de ley y de costumbre, surgen de la norma, ayudan a interpretar las normas.

Jurisprudencia

Doctrina contenida en la decisión de los jueces, la doctrina emitida por el Tribunal Supremo al aplicar la norma ordinaria, no es fuente de derecho, función depuradora y complementaria, cubrir los vacíos normativos.

El Empresario

Persona física o jurídica que profesionalmente y en nombre propio ejercita la actividad de organizar los elementos precisos para la producción de bienes o servicios para el mercado.

Características

  1. Actividad de organización de los bienes para un fin: producción de bienes.
  2. Actividad profesional, ha de ser habitual, constante, duradera y continuada.
  3. Actuación en nombre propio: atrae para sí las consecuencias jurídicas.

Clases

Según su naturaleza:

  1. Individuales (personas físicas) o sociales (personas jurídicas).
  2. Privados o públicos.

Capacidad

  • De obrar (actuar).
  • Jurídica (ser titular).

Prohibiciones

  1. Incompatibilidades
    • Absoluta (todo tipo de actividad comercial, todo territorio).
    • Relativa: cierto tipo de actividad.
  2. Autorización administrativa: razones de seguridad, bancos y aseguradoras.

Estatuto del Empresario

Libros de Contabilidad

  1. Obligatorios: inventarios y cuentas anuales, libro diario.
  2. Especiales: obligatorios para determinados empresarios.
  3. Voluntarios: facilitan la llevanza de la contabilidad.

Liquidación de Libros

4 meses fecha cierre.

Formas:

  1. Antes de su utilización.
  2. Después, a posteriori.

Forma

Claridad, por orden de fechas, sin espacios en blanco, sin tachones, no abreviaturas, en euros.

Conservación

Durante 6 años, ordenados.

Carácter Secreto de la Contabilidad

La contabilidad es secreta, para acceder:

  1. Solo se puede decretar por el juez.
  2. Exhibición o reconocimiento particular.

Auditoría de Cuentas

Consiste en verificar si las cuentas son correctas.

Entidades que deben hacerlas:

  • Que coticen en bolsa.
  • Que emitan obligaciones en oferta pública.
  • Dedicación a intermediación financiera.
  • Actividad aseguradora.
  • Las que reciban subvenciones.
  • SA.

Balance Derivado

Lo podrán presentar quienes:

  • Activo < 2.850.000€.
  • Importe neto < 5.700.000€.
  • Trabajadores < 50.
Condiciones
  • Debe realizarse por expertos.
  • Deben emitir un informe.

Auditor de Cuentas

Persona jurídica que cumpla los requisitos, están obligados a guardar secreto, se someten a: responsabilidad civil, administrativa y penal.

Inscripción en el Registro Mercantil

El Registro Mercantil es una institución de carácter administrativo cuyo objeto principal es dar publicidad oficial a las situaciones jurídicas de los empresarios inscritos en él, se organiza y se compone por el Registro Mercantil territorial y central.

Funciones

Territorial

  • La inscripción de los empresarios.
  • La legalización de los libros de los empresarios.
  • El nombramiento de expertos y auditores.
  • El depósito y publicidad de los documentos contables.

Central

  • La centralización y publicación de los Registros Mercantiles Territoriales.
  • Elaboración del Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME).

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