Control Parlamentario al Gobierno en España

La Moción de Censura

La moción de censura es un mecanismo por el cual el Congreso de los Diputados puede retirar la confianza al Presidente del Gobierno. La Constitución Española establece una moción de censura constructiva para favorecer la estabilidad gubernamental. Esto significa que la retirada de la confianza debe ir acompañada del otorgamiento de la confianza a un nuevo candidato a Presidente del Gobierno.

Requisitos

  • La moción debe ser suscrita por al menos 1/10 parte de los diputados (35).
  • Debe proponerse un candidato alternativo a la presidencia del gobierno (no es necesario que sea diputado, pero sí que haya aceptado la candidatura).
  • Límite temporal: los diputados firmantes de una moción no podrán, si esta no prospera, volver a presentar otra durante el mismo periodo de sesiones.
  • La motivación de la moción de censura no es exigida por la Constitución, pero sí por el Reglamento del Congreso.

Procedimiento

  1. La moción debe ser admitida a trámite por la Mesa del Congreso. A partir de este momento, el Presidente del Gobierno no podrá proponer la disolución de las cámaras.
  2. Se abre un periodo de reflexión de mínimo 5 días.
  3. Durante los 2 primeros días se podrán presentar mociones alternativas.
  4. Debate: El protagonista del debate es el candidato a presidente. Tras la defensa de la moción por uno de los firmantes, interviene el candidato exponiendo su programa. El gobierno censurado puede participar en el debate.
  5. El diálogo se establece entre el candidato y los grupos parlamentarios. La moción se convierte en un instrumento de control parlamentario.
  6. Durante el debate de la moción no procede la dimisión del gobierno.

Votación

  • Una vez transcurridos 5 días desde la presentación de la moción, se procede a la votación. Si concurren varias mociones de censura se votan por orden de presentación.
  • La votación es pública por llamamiento. Para que la moción prospere debe obtener la mayoría absoluta del Congreso.

Efectos

  • Si la moción es rechazada, el Gobierno conserva la facultad de disolver las cámaras y sale reforzado. Los signatarios no podrán presentar otra moción de censura durante el mismo periodo de sesiones.
  • Si la moción es aprobada, se entiende retirada la confianza al Presidente y otorgada al candidato, por lo que el primero cesa y el segundo es nombrado Presidente del Gobierno de forma automática.

Cuestión de Confianza

La cuestión de confianza es un mecanismo por el cual el Gobierno exige al Congreso que le ratifique o renueve expresamente la confianza que le otorgó en la investidura. Es una amenaza de suicidio del Gobierno.

Procedimiento

  • La iniciativa parte del Gobierno. El planteamiento de la cuestión corresponde al Presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros.
  • La cuestión de confianza debe versar sobre un programa de gobierno o una declaración política general.
  • El Presidente del Gobierno decide el momento de la presentación, que debe hacerse por escrito ante la Mesa del Congreso.
  • El escrito ha de estar motivado, exponiendo las razones por las que el presidente del gobierno solicita la revalidación de la confianza parlamentaria.
  • En el debate rigen las mismas normas que en la sesión de investidura.

Votación

  • La votación es pública por llamamiento. Se prevé un periodo de reflexión de 24 horas.
  • La cuestión se aprueba por mayoría simple de los diputados presentes.
  • Tanto en las mociones como en las cuestiones de confianza, las abstenciones, ausencias o votos nulos o en blanco favorecen al Gobierno.

Efectos

  • Si el gobierno gana la votación, continúa en ejercicio de sus funciones y sale reforzado políticamente.
  • Si el Congreso le retira la confianza, el gobierno presenta su dimisión al Rey, abriéndose a continuación el procedimiento previsto para la designación del Presidente del Gobierno.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *