Conceptos Básicos del Estado, Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario

Estado

El Estado es la organización política dotada de atribuciones soberanas e independientes que integra la población de un país.

Estado como fenómeno político social

Todos los autores reconocen que para que el Estado exista, se precisa por lo menos, la reunión de tres elementos:

  1. Población: conjunto de individuos que se hallan unidos al Estado por un vínculo jurídico y político.
  2. Territorio: se trata de una noción compleja cuyo contenido abarca además de la superficie terrestre, sus dos prolongaciones verticales: el subsuelo y el espacio aéreo situado sobre la superficie del Estado.
  3. Gobierno

El Estado como fenómeno jurídico

Hay colectividades públicas que poseen una población, un territorio y unos servicios públicos claramente definidos sin que por ello puedan pretender la clasificación de Estado. Por ello es necesario elaborar un concepto de Estado propio del derecho internacional, es decir, un concepto que no puede estar informado por ninguno de los elementos que caracterizan al Estado desde el punto de vista político o social.

Nacimiento de los Estados

  1. Secesión: Un Estado puede surgir cuando una provincia o una región determinada se separan por las fuerzas de las armas, del Estado al que hasta entonces habían pertenecido.
  2. Desmembración: Puede ocurrir que el fenómeno precedente afecte simultáneamente a varios Estados, que se desgajan de un mismo tronco.
  3. Absorción: Cabe también que la transformación se haga en sentido inverso, mediante absorción de cierto número de colectividades por un Estado-núcleo que las atrae.
  4. Toma de posesión: Así mismo, un Estado puede constituirse de modo pacífico sobre un territorio que sea res nullius.
  5. Acto jurídico: Por último, a veces, el origen del Estado se encuentra en un acto jurídico, que puede ser, una ley interna, un tratado internacional.

Clasificación de los Estados

  1. Estados Simples: son aquellos que en las relaciones internacionales se presentan de forma individualizada.
  2. Estados Compuestos: son aquellos que desde el punto de vista de las relaciones internacionales se presentan en la comunidad internacional como un solo ente.

Tipos de Estados Compuestos

  1. Unión de Estados: se aplica única y exclusivamente a aquellas asociaciones de Estados que agrupan dos colectividades estatales con un solo jefe.
    • Unión Real: se caracteriza esencialmente, por la organización política paralela de dos Estados.
    • Unión Personal: La unión personal es aquella situación internacional caracterizada por la existencia de dos Estados, teóricamente distintos entre sí.
  2. Federación de Estados: El federalismo es una modalidad de agrupación interestatal que se apoya en la conciencia de una efectiva solidaridad de intereses.
  3. Confederación de Estados: La confederación de Estados es una agrupación de Estados o más exactamente una agrupación de sujetos de derecho internacional, asociados con el fin de asegurar su defensa común.
  4. Estado Federal: posee órganos propios dotados de propia competencia, que le convierten en una entidad estatal superpuesta a la de los Estados particulares.

Derechos Humanos

Establecidos y aceptados por la comunidad internacional en 1948. Son los derechos intrínsecos del ser humano. Es el conjunto de valores éticos que componen la dignidad humana propia de todos los hombres desde que nacen, sin distinción de religión, ideales, colores, valores éticos, que nacen con la persona.

Características de los Derechos Humanos

  1. Son Universales: porque son para todas las personas.
  2. Son Obligatorios: porque nos imponen una drástica obligación a cumplir.
  3. Son Indispensables: porque son necesarios para el desarrollo del ser humano.
  4. Son Integrales: siempre están integrados en la sociedad.

El Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH) supone, por lo tanto, un conjunto de acuerdos entre dos o más Estados en los que se establecen normas mínimas en cuanto al trato que los ciudadanos deben recibir de los gobiernos y en cuanto a los límites y obligaciones que tienen los poderes públicos para actuar frente a las personas.

Las ONG (Organizaciones No Gubernamentales)

Tienen un fondo social de ayuda humanitaria.

Clasificación de las ONG

Todas estas tienen de naturaleza el apoyo social sin lucro.

  1. Organizaciones voluntarias
  2. Agencias u organismos de servicios no lucrativos
  3. Organizaciones comunitarias o populares
  4. Organizaciones no gubernamentales para el desarrollo
  5. Organizaciones de Inmigración

Derecho Internacional Humanitario

Se crea por la necesidad de ayudar a las personas que participan en las guerras o hechos bélicos.

Características del Derecho Internacional Humanitario

  1. Son Universales: Se extiende a todas las personas en tiempo de guerra.
  2. Son Inviolables: Porque ninguna autoridad en tiempos de guerra puede actuar legítimamente contra esas personas.
  3. Son Progresivos: Porque tienen un carácter evolutivo en las situaciones bélicas que se presentan.

Fuentes del Derecho Internacional Humanitario

  1. La Convención De Ginebra:
    • 1ª Convención de Ginebra en 1864: se llegó al acuerdo para el mejoramiento de la suerte de los militares heridos.
    • 2ª Convención de Ginebra en 1906: se vuelve a tratar lo mismo, el mejoramiento de la suerte de los militares heridos.
    • 3ª Convención: se trató lo mismo nuevamente pero se le agrega “y enfermos” que participan en esas guerras.
    • 4ª Convención en 1949: se trató todos los puntos anteriores y acuerdan que tienen que proteger todavía más a esas víctimas que participan en esas guerras, militares y también a los heridos, enfermos y náufragos, pero también se deben incluir a las personas civiles que participan en esas guerras.

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