II. Clases de fundación
1. Introducción
La Ley de Sociedades de Capital (LSC) regula dos procedimientos diferenciados para la fundación de sociedades capitalistas: la fundación simultánea y la fundación sucesiva.
- Fundación simultánea: Se realiza «en un solo acto por convenio entre los fundadores». Los fundadores suscriben la totalidad de las acciones o participaciones en un único acto jurídico, considerándose las negociaciones previas como actos preparatorios.
- Fundación sucesiva: Se realiza Seguir leyendo “Fundación de Sociedades de Capital: Procedimientos y Responsabilidades Legales” »
