Archivo de la etiqueta: Efectos en España de las adopciones constituidas conforme a un derecho extranjero

Competencia judicial y ley aplicable en materia de filiación

I. Filiación por naturaleza


2. Competencia judicial internacional (arts. 22.1, 2 y 3 LOPJ)
A tenor de los arts. 22.2 y 3 LOPJ, los tribunales españoles son competentes en materia de filiación y relaciones paterno-filiales cuando concurran unos de estos foros: a) Residencia habitual del hijo en España al tiempo de la demanda; b) Nacionalidad española del demandante; c) Residencia habitual del demandante en España Y d) Domicilio del demandado en España. En materia de validez o nulidad de inscripciones Seguir leyendo “Competencia judicial y ley aplicable en materia de filiación” »