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Potestad tributaria originaria

1º) ¿Prohíben los principios de generalidad e igualdad la existencia de exenciones tributarias? Justificar la respuesta. Sí ésta es positiva señalar cuál o cuáles serían las exenciones admitidas en nuestro ordenamiento jurídico.

Los principios de generalidad e igualdad comportan la ausencia de privilegios o discriminaciones en materia fiscal, lo que no significa que se excluyan en todo caso las exenciones en la regulación de los tributos. Lo que prohíben es el establecimiento de beneficios Seguir leyendo “Potestad tributaria originaria” »