Notificaciones

 Es el conjunto de normas jurídicas que establece los procedimientos para ejercitar los derechos fiscales ante las autoridades jurisdiccionales que tienen la facultad de resolver conflictos entre los particulares y el fisco.

Derecho Procesal Fiscal

2.
Son las normas que regulan los derechos y obligaciones de las personas, así como las facultades y obligaciones de las autoridades

Normas sustantivas

3.Es una disputa o enfrentamiento judicial que da lugar a un juicio. Es un conflicto de intereses o posiciones

Litigio

4.Son tipos de Jurisdicción

Federal, Local, Concurrente

5.

Competencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa


Negativa Fiscal, Multas Administrativas Federales, Responsabilidad Administrativa

6.Son partes en el juicio contencioso administrativo

El demandante, los demandados y el tercero que tenga un derecho incompatible con la pretensión del demandante.

7.

Es el acto a través del cual la autoridad fiscal da a conocer a los contribuyentes el contenido de una resolución administrativa, a efecto de que estén en posibilidad de cumplirlo o de llevar a cabo las acciones en su contra a través de los medios legales procedentes. Su objetivo es que el acto que se notifica adquiera eficacia y produzca los efectos correspondientes, dejando constancia de ello.

Notificación Fiscal

8.Son Notificaciones en materia fiscal

Por buzón tributario, por estrados, personal, por edictos, por correo certificado con acuse de recibo.

9.Momento en que surten efectos las notificaciones personales en materia fiscal

Al día siguiente hábil al que fue hecha.

10.Requisitos de la notificación personal

El notificador se constituye en el domicilio del interesado, requiere su presencia con quien se encuentre en el domicilio, si se encuentra presente el interesado realiza la notificación, si no se encuentra presente, le deja citatorio para el día hábil siguiente, a una hora fija, y se constituye nuevamente en el domicilio el día y hora señalado en el citatorio, requiere la presencia del interesado y si no se encuentra presente, se entiende la diligencia con quien se encuentre en el domicilio o con un vecino, todo esto se hace constar en acta.

1.-Es el mecanismo con el que cuentan las autoridades fiscales para exigir a los contribuyentes deudores el pago de los créditos fiscales a su cargo que no hubieren sido cubiertos o garantizados dentro de los plazos que disponen las leyes fiscales.

Procedimiento Administrativo de Ejecución
2.

Mandamiento de Ejecución, Requerimiento de Pago, Embargo, Avalúo, Convocatoria, Remate, Adjudicación de los Bienes, Aplicación de Producto del Remate, son etapas de:

Procedimiento Administrativo de Ejecución.

3.Naturaleza del Procedimiento Administrativo de Ejecución

Administrativo
4.

Tipos de embargo previstos en el Código Fiscal de la Federación

Embargo precautorio, embargo definitivo, Embargo en la vía administrativa.

5.

Es el medio de defensa a través del cual se pueden combatir las resoluciones definitivas o actos administrativos de las autoridades fiscales.

Recurso de revocación

6.Plazo general para presentar el recurso de revocación

30 días

7.El escrito de interposición del recurso deberá satisfacer los requisitos siguientes:

Requisitos del artículo 18 del Código Fiscal de la Federación, la resolución o el acto que se impugna, los agravios que le cause la resolución o el acto impugnado, las pruebas y los hechos controvertidos de que se trate

8.

Que no afecten el interés jurídico del recurrente, Que sean resoluciones dictadas en recurso administrativo o en cumplimiento de sentencias, Que hayan sido impugnados ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

Son causales de improcedencia
9.

Que pruebas no se admiten en el recurso de revocación

confesional a cargo de las autoridades y testimonial

10.Sentido de la resolución del recurso de revocación

Desecharlo por improcedente, tenerlo por no interpuesto o sobreseerlo.

1.

Quienes tienen el carácter de parte en el juicio contencioso administrativo federal


El demandante, los demandados, el tercero interesado.

2.Cual es el plazo general para interponer la demanda en el JCAF

30 días

3.Requisitos que debe contener la demanda en el JCAF

nombre del demandante, domicilio fiscal, domicilio para oír y recibir notificaciones, resolución o acto que se impugna, la autoridad o autoridades demandadas o el nombre y domicilio del particular demandado, hechos que den motivo a la demanda, pruebas, conceptos de impugnación, nombre y domicilio del tercero interesado, petitorios.

4.Documentos que se deben adjuntar a la demanda

 copia de la demanda y anexos, documento que acredite la personalidad o en el que conste que le fue reconocida por la autoridad demandada, o señalar los datos de registro del documento con la que esté acreditada ante el Tribunal, la resolución impugnada, en el caso de negativa ficta una copia en la que obre el sello de recepción de la instancia no resuelta expresamente por la autoridad, la constancia de notificación de la resolución impugnada, cuando no se haya recibido constancia de notificación señalar fecha en que dicha notificación se practicó. El cuestionario que debe desahogar el perito, el cual deberá ir firmado por el demandante, El interrogatorio para el desahogo de la prueba testimonial, el que debe ir firmado por el demandante, las pruebas documentales que ofrezca.

5.Desistimiento de la demanda y si el juicio queda sin materia son causas de:

sobreseimiento

6.Plazo para ampliar demanda en el JCAF tradicional

10 días

7.Vías en que se tramita el JCAF

Tradicional y Sumaria

8.Plazo para formular alegatos en el JCAF en la vía tradicional

5 días

9.Como se deben dictar las sentencias en el JCAF

Se fundarán en derecho y resolverán sobre la pretensión

10.

Cuando alguna de las partes estime contradictoria, ambigua u obscura una sentencia definitiva, que puede promover

aclaración de sentencia

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