Derecho de dominio y tipos de contratos

Solo existen 4 contratos de traslación de dominio: Compra venta, Permuta, Mutuo, Donación

Patrimonio

Conjunto de obligaciones y derechos susceptibles de valoración pecuniaria, que constituyen una universalidad de derecho

No patrimonio: que no pueden apreciarse pecuniariamente

Bienes muebles e inmuebles

Muebles: un animal

Inmuebles: no tenga dueño ‘vacante’

Fungibles y no fungibles

Fungibles: contrato mutuo

No fungibles: contrato de comodato

Consumibles y no consumibles

Consumibles: contrato de arrendamiento

No consumibles: contrato de bienes

Todo lo indivisible se vuelve divisible si existe controversia

Bienes corporales e incorporales

Bienes de dominio público y de propiedad particular

Posesor vs propietario: El poseedor solo ejerce el poder de corpus y no el poder de animus

Propietario vs detentador: Tiene la posesión de corpus pero no tiene deseo o intención de animus

Interdictos

Solo se ocupan de la posesión interina de bienes inmuebles, o se discute sobre el mejor derecho para poseer; simplemente se toma en cuenta el hecho de la posesión

Acción plenaria de posesión

Tiene por objeto resolver sobre la posesión definitiva de los bienes, se discute sobre el mejor derecho para poseer y se resuelve sobre la calidad de la posesión

Propiedad

Es el derecho en virtud del cual una cosa se encuentra sometida de manera absoluta y exclusiva a la acción y voluntad de una persona

Traslativos de dominio

  • Compra venta
  • Permuta
  • Donación
  • Mutuo

Tipos de frutos

  • Civiles
  • Naturales
  • Industriales

La propiedad privada está por debajo del interés público

Expropiación: quitar la casa de la carretera (indemnización al valor catastral)

Medios de adquirir la propiedad

Adquisiciones a título universal y particular: A título universal es aquella por la cual se transfiere el patrimonio, como universalidad jurídica, o sea, como un conjunto de derechos y obligaciones

En el contrato se trata de una transmisión a título particular, pues no se puede enajenar por contrato un patrimonio

Copropiedad

Hay copropiedad cuando una cosa o un derecho patrimonial pertenecen, pro indiviso, a dos o más personas

Principios que rigen en materia de copropiedad

Todo acto de dominio es válido si se lleva a cabo con el consentimiento unánime

Copropiedades Forzosas

Las copropiedades son las que por la naturaleza misma de las cosas implican un condominio permanente

  1. Medianería (una pared)
  2. El hecho de que diferentes pisos de una cosa pertenezcan a distintos dueños, lo que originaría un régimen de condominio del conjunto de cosas comunes al edificio

Medianería: Hay medianería cuando una pared, zanja o seto dividen dos predios y no puede establecerse a quién pertenecen

Usufructo

Es un derecho real, temporal, para usar y disfrutar de bienes ajenos sin alterar su forma ni sustancia

Modos de constituirse

Contrato, Testamento, Prescripción

El usufructo sobre bienes raíces debe inscribirse en el Registro Público de la Propiedad para que sea oponible a tercero

Modalidades de la Constitución del Usufructo

  1. Condición: Gozarás del derecho dependiendo de un acontecimiento futuro e incierto
  2. Carga: Gozarás del derecho si realizas una contraprestación
  3. Término: Gozarás del derecho hasta la verificación de un acontecimiento futuro pero cierto
  4. En forma sucesiva: haciendo depender su goce de la muerte de cada usufructuario
  5. En forma simultánea o conjunta: Todos entran a disfrutar de una forma alícuota del usufructo

Límite de la duración del usufructo El usufructo a favor de una persona física puede durar el tiempo que ésta viva

Derechos del Usufructuario

  1. Reales
  2. Personales

El usufructuario tiene derecho a percibir los frutos naturales, civiles e industriales

Obligaciones del usufructuario

  • Obligaciones anteriores a la entrega de la cosa
  • Obligaciones durante el disfrute
  • Obligaciones a la extinción del usufructo

Obligaciones del nudo propietario

El ius abutendi, que corresponde al propietario, no se afecta por virtud del usufructo

Formas de extinción del usufructo

  • Por muerte del usufructuario
  • Por el vencimiento del plazo
  • Por el cumplimiento de la condición resolutoria
  • Por consolidación
  • Por pérdida de la cosa
  • Por prescripción negativa
  • Por no otorgarse fianza

Uso

Es un derecho real y temporal para usar y de los bienes ajenos sin alterar su forma ni sustancia

Habitación

El derecho real de habitación es un derecho de uso sobre una finca urbana para habitar gratuitamente algunas piezas de una casa

Servidumbre

  • Son desmembramientos de la propiedad que existen para el mejor aprovechamiento o beneficio de ciertos predios
  • Son gravámenes reales que se imponen en favor del dueño de un predio y a cargo de otro fundo propiedad de distinto dueño
  • Este gravamen real se constituye siempre entre predios

Sucesión testamentaria y sucesión legítima

Disposiciones comunes a las sucesiones legítimas y testamentarias

Sujetos del derecho hereditario: son las personas que intervienen en todas las relaciones posibles

Autor de la herencia desempeña un papel activo como testador al dictar las disposiciones de última voluntad

Salvo los casos de interés público, la voluntad del testador es la suprema ley en la sucesión testamentaria

Heredero recibe a título gratuito y universal el patrimonio del de cujus

Legatarios son sujetos del derecho hereditario por cuanto reciben bienes o derechos determinados

Albaceas representan la herencia y ejecutan las disposiciones testamentarias

Interventores controlan ciertas funciones de albacea y protegen intereses de herederos, legatarios o acreedores

Acreedores de la herencia intervienen como sujetos activos del derecho hereditario

Deudores de la herencia desempeñan un papel de sujetos pasivos

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