Filosofía del Derecho, Dogmática Jurídica y Teoría del Derecho
Dentro de las cuatro acepciones que pueden ser predicadas de la Ciencia del Derecho (dogmática, historia, sociología y comparación jurídica), la Dogmática jurídica aparece como un estudio sistemático de las fuentes e instituciones jurídicas, de las proposiciones aisladas y en conexión con las restantes normas configuradoras de un ordenamiento jurídico positivo.
Significados de la Dogmática Jurídica
Los significados principales que el término puede asumir son tres:
- Elaboración conceptual sistemática de las normas jurídicas mediante procedimientos lógico-formales.
- Principios y medios empleados para la construcción de ese sistema.
- Conjunto de dogmas, esto es, de conceptos que los estudiosos del Derecho público y privado adoptan y los métodos que determinan su ámbito.
Origen y Evolución
El origen de la Dogmática jurídica se sitúa en el último siglo de la República romana, pues se advierte aquí un proceso intelectual tendente a construir conceptos y así dotar de estabilidad y racionalización a los materiales normativos. Dado que una opinión fijamente establecida recibe el nombre de dogma, y la estructura del pensamiento es llamada dogmática, se ha hecho usual definir la opinión legal racionalizada como Dogmática del Derecho.
El significado jurídico de la Dogmática se halla muy cerca de la acepción teológica de este vocablo. Así, para el teólogo, el dogma es una verdad contenida en las fuentes de revelación divina y, para el jurista, es una verdad contenida en el conjunto de imperativos que proceden de las fuentes del Derecho.
Crisis y Actualidad
En nuestros días, asistimos a una profunda crisis de la dogmática en su pretensión de formular un sistema de conceptos rígidos e inmutables, pues la ciencia jurídica renovada registra, con el fin de la vieja Dogmática, el nacimiento de una problemática nueva. Esta nueva orientación conduce a replantear sus relaciones con la Filosofía del Derecho, pues frente al tradicional divorcio entre la Dogmática y la Filosofía jurídica aparece la necesidad de un acercamiento. La Dogmática no puede ser entendida como una ciencia independiente de los factores históricos, culturales y sociales.
La Tesis de Niklas Luhmann
La tesis del sociólogo alemán Niklas Luhmann, resumida por Pérez Luño, sostiene:
- La Dogmática no implica una reducción, sino más bien una aplicación de la libertad del intérprete y fomenta una cierta dosis de inseguridad hasta los límites soportables por el sistema.
- Entraña facultades del operador jurídico al exigir la aceptación de puntos de partida innegables para las sucesivas cadenas de argumentación, estableciendo constantes para la decisión de casos similares.
- Establece una distinción entre la justicia, como expresión de las demandas sociales, y la Dogmática, encaminada a hacer operativas esas demandas en el interior del sistema.
Según Pérez Luño, la tesis de Luhmann presenta aspectos confusos y contradictorios, ya que su definición no es satisfactoria ni desde el plano lexical ni desde el estipulativo.
Teoría General del Derecho
La Teoría General del Derecho es la disciplina dirigida a la determinación y sistematización de los conceptos jurídicos fundamentales del Derecho positivo. Surgió como alternativa del positivismo jurídico a la Filosofía del Derecho. La idea de generalidad puede entenderse de tres formas:
- Como deducción de los principios o categorías comunes a las distintas ramas de un ordenamiento jurídico.
- Como análisis y comparación de principios, normas e instituciones de diversos ordenamientos jurídicos.
- Como elaboración apriorística de aquellos principios y caracteres que se presuponen comunes a cualquier Derecho positivo.
Características y Perspectivas
La nota común a estas concepciones es su carácter formal y conceptualista, pues centra su interés en la estructura lógica de las normas e instituciones. La actual Teoría del Derecho se amplía con visiones sociológicas, antropológicas, lingüísticas, lógicas e incluso tecnológicas. Asimismo, se distancia de la Dogmática jurídica al inspirarse en las teorías críticas del Derecho, propugnando la revisión de los postulados normativos del legislador. Pese a la diversidad de enfoques, esta denominación sirve de marco de referencia para la investigación jurídica básica.
