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Endoso de retorno

LETRA DE CAMBIO->

-Nace para evitar el traslado físico de valores. La ley no la define

Personas intervinientes->

 1) librador-> primer obligado. Encarga al librado que pague una cantidad de dinero al vencimiento
 

2) librado->


3ero ajeno al libramiento. Le encarga el librador pagar la letra al tomador. Se transforma en ppal obligado cuando acepta la LDC y se llamará aceptante.
3) tomador o beneficiario->  persona a quien se le debe pagar y a cuya orden se efectúa la LDC (cuando se Seguir leyendo “Endoso de retorno” »