La autotutela administrativa y la presunción de validez de los actos administrativos benefician a los actos nulos, matizando la ineficacia ab initio. Mientras no se declare la nulidad o se anule el acto administrativo, se presumirá válido y ejecutivo, siendo susceptible de ejecución forzosa. Para que el acto cese en sus efectos, habrá que obtener su suspensión. La pérdida de valor y fuerza del acto administrativo dependerá de su declaración o anulación.
