Obligaciones del accionista patrimoniales y extrapatrimoniales en una sociedad anonima

**CLASIFICACION DE ACCIONES

ACCIONES DE NUMERARIO


Son aquellas que se pagan en dinero en efectivo. /ACCIONES EN ESPECIE
Aquellas que se pagan en bienes distintos al numerario. (Deben de exhibirse íntegramente su valor)/ ACCIONES PAGADORAS.
Son aquéllas que estando suscritas no están pagadas con la exhibición total de su valor/ACCIONES LIBERADAS.
Son aquéllas que su valor ha sido totalmente cubierto. /ACCIONES ORDINARIAS.
Son las que confieren iguales derechos/ACCIONES PRIVILEGIADAS.
Son aquéllas que tienen derechos especiales/ACCIONES DE GOCE.
Las que se emiten en ocasión del reembolso de la aportación que la acción representa/ACCIONES DE LA INDUSTRIA.
Se da a favor de las personas que presten sus servicios a la sociedad

MANEJO DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS= ORGANOS DE LA SOCIEDAD ANÓNIMAorgano de Vigilancia/comisario (es el que supervisa las acciones de los administradores)/asamblea de socios/accionistas  (organo supremo)
se convocan 1 vez al año /Ordinarias

asuntos ordinarios como nombramiento de cargos sociales y discusion de estados financieros (esta programado para ser de un dia y fecha especificos solo se puede aplazar por 3 dias/Extraordinarios:
se convocan de un momento a otro para tratar algun tema que surgio inesperadamente y que requiere accion y atencion inmediata (se puede aplazar 1 hora u hora y media/Asamblea general constitutiva:
los asuntos relativos a la constitución de la sociedad, y a la que pueden concurrir todos los socios con derecho de voto/
.órgano de administracion(se encarga de la toma de decisiones rapidas: pleitos, cobranzas etc)

**OBLIGATORIEDAD DE LAS DECISIONES DE LA ASANBLEA

Las resoluciones que legalmente se aprueben en la asamblea de accionistas son obligatorias aun para los ausentes, salvo el derecho de oposición a sus resoluciones, siempre que no se trate de decisiones relativas a la responsabilidad de los administradores o de los comisarios.

OPOSICION:

Los accionistas que representan el treinta y tres por ciento del capital social podrán oponerse jurídicamente a las resoluciones de las asambleas generales, cumpliendo sus requisitos:

**REQUISITOS:

que la demanda se presente dentro de los 15 días siguientes, a la fecha de la clausura de la asamblea / Que los reclamantes no hayan concluido a la asamblea hayan dado su voto en contra de la resolución./ que la demanda señale la clausura del contrato o la disposición legal infringida.
Nota: podrá suspenderse, por orden judicial, la ejecución de las resoluciones impugnadas, cuando los peticionarios dieren fianza bastante para responder a los daños y perjuicios que pudieran causarse a la sociedad

DERECHO DE REPRESENTACION:

Accionistas podrán hacerse representar en las asambleas por mandatarios que tengan carácter de socios, o extraños; pero no podrán ser mandatarios los administradores ni los comisarios de la sociedad.


**AMBSTENCION DE VOTO:

El accionista que en una operación determinada tenga por cuenta propia o ajena, un interés contrario al de la sociedad, deberá abstenerse de toda deliberación con respecto a dicha operación. Los administradores y comisarios tampoco podrán votar/ En estos dos casos la resolución tomada será nula cuando, sin voto de los interesados, no se hubiese logrado la mayoría que requiere la ley.

ASAMBLEAS ORDINARIAS ACCIONISTAS: (CONVOCATORIAS)

La convocatoria para estas asambleas deberá hacerse por medio de un aviso en el periódico oficial de la Entidad Federativa. Podrán ser hechas por el triunfal de una sola elección cuando no se haya celebrado ninguna asamblea durante dos años consecutivos QUÓRUM Para que una asamblea ordinaria se considere legalmente reunida, deberá estar representada, por lo menos la mitad del capital social, y las resoluciones que se tomen en ellas solo serán válidas cuando resulten por mayoría de votos de los participantes (puede ver 2° convocatoria)

EPOCA DE REUNION Y FACULTADES

Las asambleas ordinarias de accionistas se reunirán por lo menos una vez al años, dentro de los cuatro meses que sigan a la clausura del ejercicio social, y tendrá las siguientes facultades: Acordar y ratificar todos los aspectos y operaciones de la sociedad/Discutir, aprobar o en su caso, modificar el balance después de oír el informe de los comisarios, así como tomar las medidas que juzguen oportunidades. /Nombre del administrador o consejo de administración

**De las asambleas extraordinarias de accionistasConvocatorias:

La convocatoria para estas asambleas, que podrán  reunirse en cualquier tiempo deberá hacerse en la misma forma que para las asambleas ordinarías, y por regla general se hará por el administrador, por el consejero de administración o bien por los comisarios.

QUORUM:

Para que una asamblea extraordinaria se considere legalmente reunida, y a menos del pacto en contrario en el contrato social que fije mayoría más elevada deberán estar representadas, por lo menos tres cuartas partes .del capital social

**FACULTADES

Son facultades de la asamblea extraordinarias de accionistas, resolver sobre las siguientes cuestiones: Disolución anticipada de la sociedad/Aumento o reducción del capital social.

/

Cambio de objeto de la sociedad.

/

Transformación de la sociedad/Fusión con otra sociedad.

/

Emisión de acciones privilegiadas.

**La administración de las sociedades anónimas

Están a cargo de  uno o más administradores que constituyen el órgano permanente con funciones propias y específicas, al cual se confían en aquella

**NOMBRAMIENTO DEL ADMINISTRADOR:

Estos deben ser nombrados por la asamblea general constitutiva o por una asamblea general, y además que, su nombramiento es temporal y revocable



*DESEMPEÑO. Cuando los administradores son varios, forman el consejo de administradores  y presidirá del primer nombrado, y para que funcione legalmente deberá asistir, por lo menos, la mitad de sus miembros/Cuando los administradores son tres o más, la minoría de accionistas que representa un 25%  del capital social, tendrá derecho a nombrar un consejeroEXCUSAS: Es causa de excusa de los administradores, tener un interés opuesto al de la sociedad y esta circunstancia deberá manifestarse a los demás administradores y abstenerse de toda deliberación y resolución. RESPONSABILIDAD: Los administradores tienen la responsabilidad inherente a su mando, y de la derivada de las obligaciones de la ley y los estatutos que imponen. Esta responsabilidad es solidaria para con la sociedad


**Quiénes exigen la responsabilidad. La responsabilidad en que incurren los administradores solo puede ser exigida por acuerdo de la asamblea general de accionistas, la que designará la persona que haya de ejercitar la acción correspondiente


.*FACULTADES DEL CONSEJO DE ADMINIST. Las generales de administración de bienes, que comprenden al ejercicio de actos de dominio dentro del campo del objeto de la sociedad. /Convocar a asambleas y presidirlas, cuando proceda. / Rendir ante las asambleas los informes que lo estatutos y la ley prevengan/Ejecutar los acuerdos de las asambleas generales

*GERENTES: El consejo de administración o administrativo, podrán nombrar uno o varios gerentes generales o especiales, siempre que no sean inhábiles para el ejercicio del comercio, sean o no accionistas. Estos gerentes son simplemente personas autorizadas para usar la firma social y por tanto son representantes de la sociedad.

*VIGILANCIA DE SOC.ANONIMAS: La vigilancia de la sociedad anónima será realizada por uno o varios Comisarios los cuales tendrán el cargo de manera temporal y revocable, pueden ser socios o personas extrañas a la sociedad.


*No podrán desempeñar el cargo de Comisarios: /Personas que se encuentren inhabilitadas para ejercer el comercio./ Los empleados de la sociedad.





COMISARIOS: en las sociedades mercantiles cumplen un papel relevante. Así es, ellos son los encargados de la inspección y vigilancia de todas las operaciones de la sociedad


*FAC. &OBLIG. DEL COMISARIO: Exigir a los administradores una información mensual que incluya por lo menos un Estado de Situación Financiera y un Estado de Resultados/Realizar un examen de las operaciones, documentación y registros/ Vigilar ilimitadamente y en cualquier momento las operaciones de la sociedad/Rendir anualmente a la Asamblea General Ordinaria de Accionistas un informe respecto a las operaciones de la sociedad.


BALANCE:


Resumen de los inventarios de los elementos del patrimonio/documento conforme al cual se rinde cuentas.



CONTROL MULTIPLE DEL BALANCE: El balance está sujeto a un quíntuple control que se ejerce por: Los comisarios/Los accionistas individualmente/Los accionistas colectivamente/Publicación y registro.


**CARACTERISTICAS Y DERECHOS DE LOS “BONOS DEL FUNDADOR”



*No se computan en el capital social, sólo confieren derecho a percibir participación en las utilidades/Están representados por títulos que se rigen, en lo general, por las reglas de los títulos que representan acciones



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ASAMBLEA GENERAL CONSTITUTIVA


Se tratan los asuntos relativos a la constitución de la sociedad, y a la que pueden concurrir todos los socios con derecho de voto


**

LA ASAMBLEA CONSTITUTIVA DEBE PUES OCUPARSE:

De comprobar la existencia de la primera exhibición conforme a los proyectos de los estatutos/ De examinar y aprobar el avalúo de bienes aportados.



**CAPITAL SOCIAL

Es un concepto aritmético que está constituido por el conjunto de aportaciones en dinero y bienes que hacen los socios. El capital social se divide en acciones.


 Sus características:*
Deben de ser de igual valor y conferir iguales derechos, salvo que lo contrario, se estipule en el contrato social/Son indivisibles.





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