Los valores superiores del ordenamiento jurídico y el sistema constitucional de producción del derecho

Los valores superiores del ordenamiento jurídico según la CE

Libertad, justicia, igualdad y pluralismo político, Alzaga, estos valores son guía para el legislador y el juez en su tarea de aplicar e interpretar el derecho. La positivación constitucional de los valores comporta su transformación en reglas prescriptivas y vinculantes, su condición de meta normas orientadas a la producción de otras normas, la estabilidad de sus características estructurales y una relación de complementariedad y no de jerarquía. Los valores se entienden como conceptos jurídicos indeterminados a concretar en los preceptos constitucionales y a través de la interpretación por otras instituciones. De los valores se deriva el resto del ordenamiento jurídico al que marca las pautas básicas: la libertad, la justicia, el pluralismo político y la igualdad.


El sistema constitucional de producción del derecho

I. La creación del derecho en la Constitución de 1978. El derecho español se caracteriza por una pluralidad de centros de creación normativa que hacen imposible establecer hegemonía de algún grupo sobre los otros en la creación del derecho. El Parlamento ha perdido el monopolio de la producción del derecho y se ha visto superado por otros centros de producción normativa más ágiles. La jurisprudencia de los tribunales y la integración comunitaria también juegan un papel importante en la producción normativa. La norma suprema de la CE es superior al derecho positivo e interrogable por este origen a la doctrina que defiende la asistencia a un derecho natural superior a cualquier otro.


La Constitución como norma jurídica

La aplicabilidad de los preceptos constitucionales. Las normas constitucionales contienen prescripciones o mandatos específicos y los principios constitucionales adquieren proyección normativa igual que los valores, siendo instituciones jurídicas vinculantes para los poderes públicos. Los principios constitucionales cumplen una función informadora del ordenamiento y deben ser concretados en reglas por el legislador. La Constitución como norma jurídica suprema es plena y puede exigir a las leyes parlamentarias razón de su validez, incorporando el sistema de valores esenciales.

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