Fundamentos del Derecho y la Estructura del Estado Moderno

El Derecho como Organizador del Poder

El Derecho organiza al poder, lo institucionaliza y contribuye a legitimarlo, aunque también proporciona los elementos de garantía frente a los posibles abusos y arbitrariedades por parte de quienes lo ejercen.

El Derecho organiza al poder al delimitar las funciones de quienes lo ejercen y al regular el funcionamiento de las instituciones en que se fundamentan para su implementación. Al mismo tiempo, el Derecho persigue como objetivo darle al poder un carácter de estabilidad y permanencia, por encima de la vida y personalidad de quienes lo ejercen. El Estado crea el derecho, lo aplica y lo impone; es por ello que tiene el monopolio de la función legislativa.

El Ordenamiento Jurídico

El Ordenamiento Jurídico es el conjunto de reglas impero-atributivas que, en una época y lugar determinado, el poder público considera obligatorias. Es un sistema regulador de su propia creación y ejecución, constituyendo una cadena de creaciones sucesivas.

La Pirámide Jurídica de Hans Kelsen

Hans Kelsen propone la Teoría de la Pirámide Jurídica, donde manifiesta que dentro del orden jurídico hay planos y estratos que regulan la creación de planos o estratos sucesivos, vinculados entre sí con un ligamen de supra y subordinación.

Orden Jerárquico Normativo

  1. Normas Constitucionales: La Constitución.
  2. Normas Ordinarias: Código Civil y la voluntad soberana.
  3. Normas Reglamentarias: Declaraciones unilaterales de la administración pública.
  4. Normas Individualizadas: Leyes especiales y disposiciones administrativas (decretos, acuerdos y resoluciones).

En esta jerarquía, los tres primeros niveles son normas de carácter general, mientras que el último se refiere a situaciones jurídicas concretas.

El Estado de Derecho

El concepto de Estado de Derecho proviene del término alemán “RECHTS-STAAT”, utilizado por primera vez en 1832 por Robert Von Mohl. Diversos autores se encargaron de divulgar esta doctrina.

Características según Elías Díaz

Elías Díaz señala que las características generales y necesarias para que exista un Estado de Derecho auténtico son:

  • Imperio de la Ley: La ley como expresión de la voluntad general.
  • División o Separación de Poderes: Entendida como una distribución de funciones y poderes con relaciones y controles recíprocos.
  • Principio de Legalidad Administrativa: Exigencia de sometimiento de la administración a la ley.
  • Reconocimiento de Derechos y Libertades: Garantía de los derechos fundamentales de la persona humana.

Fines del Estado

La finalidad del Estado está orientada a lograr el Bien Común de todos los individuos que lo integran. El Bien Común se define como el conjunto de condiciones apropiadas para que todos alcancen su bien particular.

Fines Esenciales

  1. Bienestar General: El Estado debe garantizar un orden social donde todos puedan desarrollarse, con necesidades satisfechas, igualdad de oportunidades y respeto a los derechos humanos.
  2. Seguridad Integral: El Estado protege su existencia, soberanía e intereses.
    • Interna: Evita amenazas dentro del país.
    • Externa: Protege frente a amenazas de otros Estados.

Órganos del Estado

Las unidades mediante las cuales el Estado manifiesta su actividad se llaman “órganos”. Se caracterizan por ser esferas esenciales de competencia y requieren de personas naturales para ejercitarlas. Como toda institución, el Estado actúa por medio de la representación, obrando a través de individuos que son sus representantes o titulares de sus poderes.

Clasificación de los Órganos

  • Por su posición frente a la Constitución:
    • Constitucionales o inmediatos: Creados directamente por la Constitución.
    • Derivados: Dependen de los órganos constitucionales.
  • Por su composición o estructura:
    • Individuales o burocráticos: Formados por una sola persona.
    • Colegiados: Formados por varias personas que actúan como una unidad.
  • Por la calidad con que ejercen la competencia:
    • Primarios: Tienen competencia propia.
    • Secundarios: Sustituyen a los primarios.
  • Por la extensión territorial:
    • Centrales: Actúan en todo el territorio nacional.
    • Locales: Actúan en una parte del territorio.
  • Por la función que ejercen:
    • Activos: Manifiestan y ejecutan la voluntad del Estado.
    • No activos: Colaboran mediante funciones consultivas y de control.

Funciones del Estado

En el marco de la separación de poderes, el Estado se divide en tres funciones principales:

  • Función Legislativa: Crea el ordenamiento jurídico, elaborando normas generales que regulan al Estado y a la sociedad.
  • Función Jurisdiccional: Aplica el derecho, resuelve conflictos y garantiza el cumplimiento de la ley.
  • Función Administrativa: Ejecuta el derecho, realiza actos concretos y dirige de forma continua la vida del Estado.

Organización Administrativa

La administración se organiza bajo los siguientes esquemas:

  • Centralización Administrativa: Decisiones concentradas en la cúspide bajo una estricta dependencia jerárquica.
  • Desconcentración Administrativa: Delegación de funciones a órganos subordinados, ya sea de forma funcional o geográfica.
  • Descentralización Administrativa: Creación de órganos con autonomía funcional y financiera.

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