Fuentes del Derecho Romano: Evolución Histórica y Legado

Fuentes Históricas del Derecho

Las fuentes del derecho se refieren a los órganos con potestad política para crear normas jurídicas. Estos órganos han variado a lo largo de la historia, con diferentes legitimidades, desde religiosas hasta constitucionales.

Se distinguen dos tipos de fuentes:

  • Fuentes de Producción: Órganos que crean el derecho.
  • Fuentes de Conocimiento: Documentos y textos jurídicos, como el Corpus Iuris Civilis de Justiniano.

Derecho Romano

El Derecho Romano es considerado un modelo entre los pueblos de la antigüedad por varias razones:

  • Evolución histórica completa de unos 13 siglos (VIII a.C. – VI d.C.).
  • Resurgimiento en épocas posteriores.
  • Influencia en la ciencia jurídica a nivel mundial.

La Civitas Romana

Roma adoptó la forma de civitas o ciudad-estado, un centro religioso, comercial y político. En la etapa monárquica, el Rex ejercía el Imperium, luego reemplazado por dos cónsules en la República.

Inicialmente, las reglas procesales estaban custodiadas por el colegio de pontífices. Posteriormente, se publicaron las XII Tablas y surgieron juristas laicos. La jurisdicción estaba regida por la iniciativa de los litigantes, con el pretor como mediador.

El paterfamilias ejercía el Mancipium sobre sus posesiones y el Manus sobre su familia. Las obligaciones estaban dominadas por el Nexum, que evolucionó hacia la garantía patrimonial.

Imperio Romano y el Derecho Clásico (Principado)

Tras conflictos sociales, la República Romana dio paso al Principado bajo Octavio Augusto. Los jurisconsultos, manteniendo el dinamismo del derecho, sugirieron nuevas acciones jurídicas al pretor.

El proceso se dividió en dos partes: In Iure (ante el Pretor) y Apud Iudicem (ante el Juez). Se crearon acciones como la reivindicatoria para la recuperación de la propiedad y los interdictos posesorios para la tutela provisional de la posesión.

Los derechos obligacionales se enriquecieron con contratos consensuales como la compraventa y el arrendamiento. En el derecho de familia, se liberalizó el manus y se reconoció la capacidad negocial de los hijos. La herencia adquirió un sentido patrimonial.

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