Ética, Moral y Deontología en el Ámbito Profesional

Ética, Moral y Deontología

  1. ÉTICA: Conjunto de normas morales que rigen la conducta de la persona en cualquier ámbito de la vida. Del Lat: Ethos “Costumbre” o “modo de ser”. Queda en la conciencia de quien actuó en contra de su ética.
  2. MORAL: Desde el punto de vista de su obrar en relación con el bien o el mal y en función de su vida individual y colectivo. Lo que es moral para unos, puede ser considerado como inmoral para otros o viceversa. Lat: Mor: “Costumbre”
  3. Deontología jurídica/ÉTICA PROFESIONAL: Ética aplicada al ejercicio del derecho/ conjunto de reglas y principios a que debe ajustarse la conducta de una persona en el ejercicio de su profesión.
  4. DIF ENTRE MORAL/ÉTICA JURÍDICA: Decisión personal puede estar sujeta a una creencia o a responsabilidad aprendida, no necesariamente le incumbe a un grupo de individuos/Voluntad propia del individuo que en lo personal elige hacer o no hacer cierta actividad o tener o no cierto comportamiento.
  5. CÓDIGO: “Codex, libro compacto y cocido en lomo”; Ejemplo: CORPUS CIVILIS JUSTINIANO, Decálogo del Abogado J. Couture, Código Napoleón.
  6. CÓDIGO DE ÉTICA: “instrumento deontológico que establece los parámetros generales de valoración y actuación respecto al comportamiento al que aspira una persona servidora pública…” CEPSP. “Herramienta que ayuda a los servidores públicos a comprender los principios morales y profesionales…” CE. Panamá
  7. Principios Básicos Relativos a la Independencia de la Judicatura: “Los jueces resolverán los asuntos que conozcan con imparcialidad, basándose en los hechos y en consonancia con el derecho…”. Se refieren a la conducta de los jueces
  8. Code of Conduct for United States Judges 1973: código para los jueces federales está conformado por siete reglas, denominados “7 cánones”.
  9. CÓDIGO ITALIANO: El código de ética italiano contiene catorce artículos, referidos a la conducta profesional tanto de jueces como de fiscales. Del 8 al 10 deber general, principios de independencia judicial, principio de imparcialidad, etc.
  10. México, Código de Ética del Poder Judicial de la Federación Ago/2004: Aprobado por el pleno de la SCJN, CJF, TEPJ. 5 capítulos, los cuatro primeros se definen los cuatro principios rectores fundamentales de la ética judicial (independencia, imparcialidad, objetividad y profesionalismo).
  11. Capítulo 5: “Excelencia”, serie de virtudes judiciales Humanismo, Prudencia, Justicia, Fortaleza, Responsabilidad, Patriotismo, etc.
  12. Código de Ética y Conducta UAEMex 28/Abril/2018: Estructura: Generalidades (4 artículos), Principios, valores y criterios de conducta (18 artículos), Transitorios (3)
  13. E. DEONTOLÓGICOS: Objeto, Aplicación, Misión, Visión y Difusión. E. Axiológicos: Igualdad, equidad, respeto, tolerancia, solidaridad, honestidad, pluralismo, sustentabilidad

¿Cómo se percibe en el contexto de trabajo la vivencia de los valores?: los gobiernos y las administraciones públicas no conciban a los ciudadanos como una variedad de átomos carentes de iniciativa y capacidad de movilización.


Importancia de la Participación Ciudadana y la Moral en Distintos Sectores

Sector Público

16.- Importancia de la participación ciudadana: tiene que ser más abierta y comunicativa; más deliberativa y democrática; más cercana a los ciudadanos

17.- Calidad de las instituciones: los gobiernos es la solvencia moral de los servidores públicos, ciñen a valores, pero también son productores de valores.

18.- Moralizar la función pública: Dotarla de reglas enfocados en valores: cumplimiento de los proyectos de gobierno; eficacia de las políticas públicas; solucionar los problemas públicos.

19.- Transparencia y la rendición de cuentas: lucha contra la corrupción, sino también en la búsqueda de una democracia más participativa, más efectiva y funcional por parte de las personas elegidas para gobernar o legislar

20.- RESPONSABILIDAD: Vertical: responsabilidad política del gobierno en turno ante el electorado. Horizontal: la que se verifica cotidianamente entre órganos de gobierno. (Contralorías, comisiones, fiscalías de derechos humanos, etc).

21.- TEORÍA DEL GOB. RESPONSABLE: Inglaterra, el gobierno o gabinete (el Ejecutivo) debía rendir cuentas y responsabilizarse de sus actos ante el Parlamento, y especialmente ante su cámara electiva, la de los Comunes.

Sector Privado

22.- SECTOR PRIVADO: Organizaciones empresariales buscan competir a través de estrategias que le permitan el dominio de una porción de determinado mercas.

23.- PROCESO DE INSTITUCIONALIZACIÓN: VALORES UNIVERSALES: Justicia, equidad, solidaridad, puntualidad. VALORES DE CLASE: implica reconocimiento y calidad de las relaciones interpersonales. VALORES DE ORGANIZACIÓN: principios de la organización, centrados en la búsqueda del bienestar colectivo.

24.- FORO ECONÓMICO: el ciudadano empresarial debe generar valores reconocidos por la sociedad global y no solo por sus usuarios o clientes.

25.- MARCAS: TOYOTA: educación, ambiente, cultura y artes, intercambio, etc. NIKE: Prácticas de labores justas y entusiasmo de la juventud.

Ejercicio Profesional

26.- EJERCICIO PROFESIONAL: Ejercicio Independiente.
y Positivización de ilícitos deónticos.

27.- EJER.INDEPENDIENTE: los principios de la deontología sirven para el correcto devenir de las actividades del abogado, ejemplo el secreto profesional. Al mismo tiempo el representante de un cliente, un operador del sistema jurídico y un ciudadano

28.- EJEMPLOS: permisión que permite «hacer» o «no hacer» una conducta; obligación, qué implica «hacer» y prohibición, qué significa «no hacer».

29.- Las normas pueden dividirse en obligatorias, permisivas, prohibitivas y facultativas. Si obliga, permite, prohíbe o faculta a realizar cierta conducta en concordancia con su naturaleza.

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