El Proceso Legislativo en España: De la Iniciativa a la Publicación

LA LEY

La ley es la norma escrita de mayor rango, aprobada por el parlamento y cuyo único límite es la Constitución Española (CE). Su superioridad se debe a que todas las leyes emanan del parlamento, donde reside la soberanía popular.

Características de las Leyes

  1. Carácter superior: Aprobada directamente por los representantes de los ciudadanos.
  2. Amplio alcance: Puede regular cualquier materia.
  3. Supremacía sobre los reglamentos: Las normas del poder ejecutivo (reglamentos) tienen una posición secundaria y no pueden contradecir ni modificar las leyes.

Las leyes son irresistibles e indiscutibles, vinculan a todos los ciudadanos, poderes públicos y jueces.

LA RESERVA DE LEY

Es un mandato constitucional que establece que ciertas materias deben ser reguladas por ley. La reserva de ley limita la potestad reglamentaria del poder ejecutivo y obliga al legislador a regular determinadas materias.

EL PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO

El proceso de tramitación de las leyes es similar en las Cortes Generales (CCGG) y en las Comunidades Autónomas (CCAA), con la diferencia de que las CCGG tienen dos cámaras: el Senado y el Congreso.

Tramitación de las Leyes en las CCGG

  1. Iniciativa legislativa: La facultad de presentar proyectos de ley corresponde al Congreso, Senado, Gobierno, parlamentos autonómicos y a los ciudadanos mediante iniciativa popular (500.000 firmas).
  2. Tramitación: Se realiza de forma sucesiva en cada cámara. El Congreso enmienda, discute y aprueba el proyecto de ley, que luego se envía al Senado. El Senado puede aprobar la ley o reenviarla al Congreso con enmiendas o un veto. El Congreso puede superar el veto por mayoría absoluta o simple.

Tramitación de las Leyes en el Parlamento Andaluz

  1. Iniciativa legislativa: Corresponde a los diputados, Consejo de Gobierno y ciudadanos a través de iniciativa popular.
  2. Tramitación: Se realiza en el Parlamento Andaluz, que tiene una sola cámara.

TIPOS DE LEYES

Leyes Orgánicas

Regulan materias como los derechos fundamentales, las libertades públicas, los Estatutos de Autonomía y el régimen electoral general. Requieren mayoría absoluta del Congreso para su aprobación, modificación o derogación.

Leyes Ordinarias

Regulan las materias no reservadas a las leyes orgánicas. Se aprueban por mayoría simple.

Leyes de las CCAA

Pueden ser leyes que requieren mayoría absoluta del pleno del parlamento autonómico (organización territorial, régimen electoral) o leyes ordinarias (mayoría simple).

SANCIÓN, PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN DE LAS LEYES DEL ESTADO

  • Sanción: El Rey incorpora la ley al ordenamiento jurídico.
  • Promulgación: El Rey declara formalmente que la ley ha entrado en vigor.
  • Refrendo: El Presidente del Gobierno refrenda la sanción y promulgación, asumiendo la responsabilidad de los actos del Rey.
  • Publicación: Se hace público el contenido de la ley en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Las leyes entran en vigor a los 20 días de su publicación.

Las leyes autonómicas solo son promulgadas y publicadas.

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