La compra-venta concepto = es el contrato consensual entre dos
Personas el vendedor y el comprador por la cual entrega el vendedor el objeto
Del contrato al comprador a cambio de una contraprestación o precio.
Sus diferencias con otro tipo de contratos = se diferencia del contrato de permuta ya que en este el cambio es entre dos Cosas y en la compraventa es cosa por dinero, del mutuo en que es préstamo de Consumo y en la compraventa hay contraprestación de cosa por dinero, de la Donación ya que esta es gratuita y la compraventa es onerosa.
Objeto : No pueden ser objeto de la Compraventa.
1.Las acciones fundadas en derecho inherente A la persona o que pretenden hechos de Igual naturaleza
2.Derechos que en caso de ser ejercidos por Otro alterarían su contenido en daño del deudor
3.Bienes inembargables
4.Cuotas alimenticias
5.Usufructo
6.Derecho de uso y habitación
7.Transferencia de cosas prohibidas por la Ley
8.Bienes que no pueden ser objeto de Contrato
El objeto de contrato es la cosa que se Requiere transferir al comprador por el vendedor a cambio de un precio cierto En dinero.
Los bienes ajenos y propios pueden ser Objeto del contrato de compraventa. El objeto de la compraventa debe ser Determinado. El objeto puede ser mueble o inmueble.
Forma = Puede ser verbal o escrito
Elemento Esenciales = precio es la Remuneración que debe pagar el comprador al vendedor por la cosa vendida. Debe Ser en dinero, debe ser cierto o determinado. Si la cosa mueble se hubiese Entregado al comprador sin determinación del precio o hubiese duda sobre el Precio determinado se presume que las partes, se sujetaron al precio corriente Del día en el lugar de entrega de la cosa. Si el precio consistiere parte en dinero Y parte en otro bien, el contrato es de permuta Si es igual o menor el valor en especie y de venta en caso contrario.
Pago: el comprador debe pagar el precio de la cosa en el lugar y fecha Econvenidos, en defecto de estipulación debe Pagarlo en el lugar y acto de entrega.
Financiación por el empresario o empresa De crédito
En el factoring hay una clase d efactoring Que se llama factoring con financiación o factoring a al vista,el cliente Recibe el contado y paga intereses y gastos al factor , los deudores pagan al Vencimiento de sus facturas , con ello Se coadyuva a la liquidez de las empresas factoreadas.
Garantía por vicios de vicios de evicción y Redhibitorios : cuando una persona adquiere un bien o un derecho a otra y se Encuentra luego con un tercero que reclama la propiedad del mismo derecho, Invocando un titulo jurídico.
Contrato tarjeta de crédito
La tarjeta De crédito o carnet de crédito que entregan las entidades financieras Legitimadas para crearlo y emitirlo permiten al tenedor o tenedores legítimos ( Ya que no están destinados a circular) adquirir bienes , servicios y dinero Efectivo, e inclusive financiación de compras en un numero de meses, a su presentación En los comercios que se obligaron a ello con la entidad financiera, y que el Tenedor o tenedores de la tarjeta de crédito conocen por aviso o información de aquella a Estos, debiendo firmar en cada caso la factura o cupón de ventas al comerciante.
Elementos Personales:
En los Bilaterales se concretan en dos personas.
El emisor ( Grandes almacenes o establecimientos) y
El titular Usuario.
Elementos Formales
·La Solicitud de la tarjeta efectuada por el titular o por la persona que contrata En favor de otro. En la práctica, los bancos distribuidores se encargan de Estos trámites, ofrecíéndola a los clientes solventes como ya hemos indicado;
·El Contrato entre la sociedad emisora y El establecimiento comercial administrador de Bienes y servicios
·La Propia tarjeta que obliga al emisor a conceder un determinado crédito al Titular y abonar a los establecimientos asociados el importe de las compras o La prestación de los servicios;
·Las Notas de cargo, que debidamente firmadas por el titular acreditan la compra y Su importe o la prestación del servicio, sustituyen al albarán de las compra-ventas de bienes Muebles; estas notas de cargo se extienden por cuadriplicado utilizándose El procedimiento de Calco, ya que la tarjeta figura en relieve, aparte de La marca de Identificación del emisor (Visa, Eurocard, etc…), el nombre del titular y El código de Identificación.
·Finalmente, La nota de cargo que con carácter mensual remite el emisor al usuario-titular.
Que es Maquila? Es un sistema de producción Mediante el cual empresas ubicadas dentro del Paraguay pueden producir bienes y Servicios para ser exportados. La producción se hace por encargo de una matriz Ubicada en el exterior y puede enviarse a cualquier país del mundo. Puede Operar como entidad maquiladora cualquier persona física o jurídica, nacional o Extranjera domiciliada en el país que se encuentre habilitada para efectuar Actos de comercio.
Surgimiento de la Maquila en el Paraguay.
En 1997 se promulga La Ley nº 1064 de las Industrias maquiladores de exportación. En Julio de 2000 se emite el Decreto nº 9585/00 que reglamenta la ley.
a)Maquiladora:. Empresa establecida especialmente para llevar a cabo programas de maquila de Exportación o aquella ya establecida y orientada al mercado nacional, que Cuente con capacidad ociosa en sus instalaciones y que le sea aprobado un programa De maquila.
b)Programa de maquila:. El que en detalle contiene la descripción y Carácterísticas del proceso industrial o de servicio, cronograma de Importaciones, de producción, de exportaciones, de generación de empleos, Porcentaje de valor agregado, porcentaje de mermas y desperdicios, período de Tiempo que abarcará el programa y otros datos que se podrán establecer en la Reglamentación pertinente ;
c)Contrato de Maquila de Exportación: el acuerdo alcanzado Entre la empresa maquiladora y una empresa domiciliada en el exterior, por el Cual se contrata un proceso industrial o de servicio en apoyo a la misma Destinado a la transformación, elaboración, reparación o ensamblaje de Mercancías extranjeras a ser importadas temporalmente para su reexportación Posterior, pudiendo proveer las materias primas, insumos, maquinarias, equipos, Herramientas, tecnología, dirección y asistencia técnica, de acuerdo con la modalidad Que las partes libremente establezcan.
d)Submaquila:. Cuando se trate de un complemento del proceso Productivo de la actividad objeto del programa para posteriormente reintegrarlo A la maquiladora que contrató el servicio, para su posterior exportación .
1 ) Art 2 Dela Ley de Maquila en Paraguay
Para los efectos de la presente ley se establecerá Por
– Maquiladora:. Empresa establecida especialmente para llevar a Cabo programas de maquila de exportación o aquella ya establecida y orientada Al mercado nacional, que cuente con capacidad ociosa en sus instalaciones y que Le sea aprobado un programa de maquila.
1-El contrato de Submaquila :cuando se trate de un complemento del proceso productivo de la Actividad objeto del programa para posteriormente reintegrarlo a la maquiladora Que contrató el servicio, para su posterior exportación .
2-El contrato de Leasing Financiero.Leasing Financiero, arrendamiento por renting o leasing Operativo es un contrato mediante el Cual, el arrendador traspasa el derecho a usar un bien a un arrendatario, a cambio del pago de rentas de Arrendamiento durante un plazo determinado, al término del cual el arrendatario Tiene la opción de comprar el bien arrendado pagando un precio determinado, Devolverlo o renovar el contrato.
3-El contrato de Leasing Mercantil u Operativo.El arrendamiento operativo, El leasing operativo consiste en un contrato mercantil mediante el cual el Propietario de un activo transfiere el derecho de uso a otra persona a cambio Del pago de un canon periódico.
4-La letra de cambio es un Documento mercantil por el que una persona, librador, ordena a otra, librado, El pago de una determinada cantidad de dinero, en una fecha determinada o de Vencimiento
5-El Endoso l endoso es una Declaración, pura y simple, puesta en el título-valor por la cual su tenedor (a Estos efectos llamado endosante) legitima a otra persona (denominada endosatario) en el Ejercicio de los derechos incorporados al título.
EL
Aval En virtud del aval se garantiza en todo o
En parte el pago del pagaré.
La persona que se obliga a garantizar el pago se
Llama avalista; aquella por quien se presta el aval recibirá el nombre de
Avalado (suscriptor).
El avalista se convierte en deudor solidario Junto con el avalado (suscriptor) y su obligación es válida, aun cuando la Obligación garantizada sea nula.
6-El cheque es un documento contable de Valor:Un cheque (anglicismo De cheque o check) es Un documento contable de valor en el que la persona que es autorizada para extraer Dinero de una cuenta (por ejemplo, el titular), extiende a otra persona una Autorización para retirar una determinada cantidad de dinero de su cuenta
7-El pago de un cheque se realizaLos cheque Son títulos valores de contenido Crediticio que puede ser pagados a la orden de determinada persona o al Portador, es decir, al tenedor no ha persona especifica, sean al portador o a La orden de determinada persona el cheque siempre es pagadero a la vista, es Decir, que una vez presentado debe ser pagado.
8-La cuenta corriente es un bancaria es Un contrato entre una persona o empresa y un Banco, mediante la cual el primero Deposita dinero. La cuenta corriente permite depositar dinero en el banco para girarlo Mediante cheques.
9-El Pagare es un tipo de titulo de crédito mediante El cual
Un pagaré es un documento contable que contiene la promesa Incondicional de una persona … La suma se debe expresar en número(s) y en Letras, como también el tipo de … Este requisito es lo que lo distingue de los Otros títulos de crédito. … De lo cual el tenedor del pagaré podrá procurar su cobro por la vía mercantil
10-Para el cobro del pagare
El Pago debe hacerse contra la entrega del pagaré. El pagaré es independiente del Acto de comercio de que deriva, basta su presentación para exigir su pago, Incluso en el caso de que se haya efectuado ya el pago correspondiente pero no Se hubiera recogido el pagaré; En este caso, la persona que tratara de hacer el Cobro del pagaré dos veces estaría incurriendo en delito penal, pero habría que Poder demostrarlo ante las autoridades judiciales de lo penal que tuvieran Competencia, independientemente de lo cual el tenedor del pagaré podrá procurar Su cobro por la vía mercantil.
11-Si el pagaré vence a la vista, Deberá presentarse para su pago dentro de un término de seis meses a contar de La fecha de suscripción.
Pago parcial El tomador Está obligado a recibir un pago parcial del pagaré; pero retendrá el documento En su poder mientras no se le cubra íntegramente, anotará en el cuerpo del Mismo los pagos parciales que reciba, y extenderá recibo por separado en cada Caso. Conservando los derechos contra los demás obligados, como puede ser el Portador.