Finalidad de los Medios Probatorios
Artículo 69. Los medios probatorios tienen por finalidad acreditar los hechos expuestos por las partes, producir certeza en el Juez respecto a los puntos controvertidos y fundamentar sus decisiones.
Medios Probatorios Admisibles y Pruebas Excluidas
Artículo 70. Son medios de prueba admisibles en juicio aquellos que determina la presente ley, el Código de Procedimiento Civil, el Código Civil y otras leyes de la República; quedan excluidas las pruebas de posiciones Seguir leyendo “El Régimen de la Prueba y Procedimientos Judiciales en el Derecho Laboral” »